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la declaración por venta de vivienda

3 Comentarios
 
06/05/2008 11:46
Hola netmarti,


NO. No puedes andar declarando cuando te conviene, sino cuando se producen los hechos impositivos.


AHORA BIEN.- Puede declarar esa ganancia patrimonial y declarar que va a destinarla a reinversión en vivienda habitual, dado que la Ley te permite un plazo de dos años para reinvertir, por lo que de momento no tributaria nada, siempre que se produjese esa reinversión en dos años (contados de fecha a fecha).

Un saludo.
05/05/2008 15:29
La venta se hizo en el último trimestre del 2007, puede esperar para hacer la declaración hasta la próxima renta ya que tal vez compre? o es preferible que la haga este año? actualmente tiene una vivienda en un pueblo, pero no reside habitualmente ni está ahí empadronado.... se espera y declara en la renta del 2008?
gracias
30/04/2008 20:25
El que vende es el familiar, que es el dueño, no usted, es por lo tanto el quien debe declarar.


Tendra que declarar por la ganancia patrimonial obtenida(precio venta-precio compra), aplicandosele unos coeficientes reductores porque la compro en el 91 a la ganancia generada hasta el 19 de enero. No podra acogerse a la exencion por reinversion, ya que para ello la vivienda que vende debia ser, su vivienda habitual


Saludos
La declaración por venta de vivienda
26/04/2008 11:30
Hola,
a ver si podeis ayudarme con el tema:
Durante 8 años he vivido con mi pareja (no estamos casados) en una vivienda de un familiar. En 2007 hemos vendido dicha vivienda sobre la que hicimos una hipoteca (se que no es muy habitual), la hipoteca se hizo para poder comprar otra vivienda (se realizó la mitad del precio en una hipoteca sobre esta vivienda) y la otra mitad sobre la vivienda que se compró nueva, esta sí se ha escriturado a nuestro nombre. Cuando se vendió la que no estaba escriturada a mi nombre se pagó la plusvalía en el ayuntamiento. Mi familiar, titular de la escritura, había comprado la vivienda en el año 1991, aunque algunos suministros estaban a su nombre, nunca se ha empadronado en esa vivienda. Ahora hemos de hacer la declaración de renta.... surge la pregunta ¿cómo no era su vivienda habitual ha de hacer la declaración de incremento de patrimonio o ya está exento por haber transcurrido más de 10 años? ¿Sería viable esperar un año más por si este familiar decide comprar una vivienda que pueda justificar como reinversión o realiza obras en su vivienda? ¿Qué nos aconsejais? Saludos cordiales.