Mi pregunta ante este nuevo cambio en la ley sería, se entiende que media jornada son 4 horas. Entonces, los contratos de 6 horas, estarán también equiparados de igual manera? Es decir, con 6 horas también se cotizará como jornada laboral completa?
Buenas, ese párrafo está fuera de contexto, debería expresar a qué ley se refiere, y la equiparación respecto a la cotización, lo dudo, porque se cotiza en base a la jornada que se realiza, si hace 30 horas a la semana, la cotización y el sueldo que percibirá será diferente a si trabaja 40 horas, salvo en supuestos taxativamente establecidos, como cuando hay reducción de jornada por cuidado de familiares que tiene una cotización del 100% pero sólo por un tiempo determinado, pero el sueldo es el proporcional a la jornada realizada. No es lo normal, digamos.