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La conversión de contratos temporales en indefinidos no fijos en las administraciones

2 Comentarios
 
La conversión de contratos temporales en indefinidos no fijos en las administraciones
03/11/2016 10:28
Trabajo en una residencia de la junta de Andalucia .Desde Marzo del 2012 me hicieron un contrato de interinidad laboral temporal para RPT fijo-discontinuo. En principio era de 10 meses pero nos cesaron el 8 de octubre por ajustes presupuestarios , a partir de ahí he firmado el mismo contrato todos los años , desde marzo hasta septiembre , una duración de 6 meses . La plaza que estoy ocupando es un vacante que no ha salido a concurso desde entonces .
En concreto, afirma este pronunciamiento que el contrato de interinidad por vacante deviene El art. 70 del EBEP dispone que “en todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años”.Podría reclamar la condición de indefinido según el ART 70 del EBEP.
Gracias.
25/11/2016 13:11
Pistola
Me ha pasado exactamente lo mismo que al señor Pistola, solo que mi contrato fue de 5 meses y yo me dedicaba al diseño web y cuando reclamé la condición de indefinido me la denegaron. Lamentable.
01/12/2016 11:27
Paula_gon
Me gustaría que me aclarases cual ha sido tu caso exactamente , tipo de contrato , numero de contratos , desde que fecha y para que administración .
Gracias .