Lo que planteas, se llama "clausula resolutoria". En la Escritura Pública de compra-venta se expecifica la cantidad que queda aplazada, la forma de pago e importe de cada pago, así como los vencimientos de los mismo, cuenta de ingreso... Y la clausula de que si no se cumplen, la propiedad volverá al vendedor.
La compra de un terreno y la forma de pago del mismo.
Buenas tardes, soy un neófito en el derecho y mi consulta está relacionada con la compra de un terreno y la forma de pago del mismo. Imagino que como la mayoría de las personas intento evitar la solicitud de un préstamo bancario para la compra de una parcela. El importe que me falta no es mucho pero lo suficiente para no poder ayudarme mi familia. Quería saber si habría alguna forma de poder pagar la parte que me falta al propietario de la parcela como antiguamente con letras de cambio o mediante contrato elevado a escritura pública pagando una mensualidad hasta finalizar el pago, quedando la propiedad a nombre del titular actual y yo como usufructuario de la misma hasta la finalización del pago, incluso contratando un seguro que garantice el pago de la deuda (no creo que fuera más de 2 años) ,si sufriera algún percance en el transcurso de ese periodo que me imposibilitara finalizar el compromiso. No sé si esto es correcto o existe alguna otra forma que pueda dar garantías al vendedor del pago de la deuda. Gracias de antemano. Saludos. David.