Wenas, explico mi situacion un poco:
vivo en una casa que me hizo mi padre, (esta a su nombre todavia), trabajo en el negocio familiar, solo tengo un documento de arrendamiento de parte del negocio( es decir, no tengo posesiones a mi nombre).
Llevo tres años casado, acabo de tener una hija que ahora tiene 2 meses.
Mi pregunta es la siguiente:
En el caso de divorciarme (soy varon) mi mujer puede pedir parte de la casa o del negocio familiar?
Tuy mujer se quedaria con el uso de la vivienda conjugal, independientemente de quien sea el propietario, sea de propiedad o alquiler. Con una bonita pension de alimenteos para tu hija, y si no trabaja o trabaja en el negocio familiar pues la historia sigue, pension compensatoria, o indenización por despido (Alta por cierto, para no contar a Hacienda los trapicheos del negocio.
pero la vivienda ahora y antes no es de proiedad ni de alquiler, la casa esta a nombre de mi padre, yo no rezo en ningun lado, escepto que pago las foacturas de la luz, etc...
Nosotros solo vivimos en ella, es decir, mi padre me la deja al no tener vivienda ni propia ni de alquiler.
me he explicado bien? ella haria uso de esa vivienda?
Si consigue la guarda y custodia tendrá derecho a vivir en la vivienda, al tratarse del domicilio conyugal y prevalecer el interes de vuestra hija.
Contrata los servicios de un abogado, cuentale al detalle tu situación y entre los dos intentad encontrad el mejor planteamiento a tu problema.
Suerte.
Te dire que tengo un amigo, que vivia en casa de su padre con su mujer y la hija de ambos. A los pocos dias de la muerte de su padre y cuando mi amigo todavia la lloraba, su mujer le planta una demanda de separacion. El resto te lo puedes imaginar, mi amigo paso por los calabozos, durmio en un coche y actualmente vive miserablemente en una pension. La casa era en la que nacio y en la que vivio toda su vida.
Gracias, pero al estar mi padre vivo y aunque a ella le concedan la guarda y custodia, ella tiene derecho a vivir en la casa, pero yo me tendria que ir de la casa o la compartiriamos?
Como te ha dicho Zoraida, en caso de separación, independientemente de a nombre de quién se encuentre la vivienda, el cónyuge que asuma la guarda y custodia de vuestra hija tendrá el derecho de vivir en la casa. Si está separada la zona destinada al negocio (pues podría tratarde de una casa con el negocio en los bajos y la vivienda encima), la parte del negocio no afectaría al uso.
Hubo una época en la que en casos como el tuyo, tras asignarse la vivienda familiar al cónyuge, el propietario (suegro/suegra) instaba lo que se llama una demanda de precario basada en el hecho de que la decisión judicial no afectaba al propietario por ser un tercero ajeno al procedimiento, pero esta jurisprudencia que desahuciaba a la nuera y a los nietos de la vivienda ha sido superada con una nueva interpretación que protege los intereses de la familia y evita la situación que te he detallado. Espero haberte sido de ayuda.