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la calificacion urbanistica exige x metros ?

5 Comentarios
 
perfil pac
29/10/2008 10:47
PIKI, la legislación urbanística aplicable es la Ley 9/2.001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y sus actualizaciones, escríbelo tal cual en Google y te direcionará a la web noticias-jurídicas de acceso gratuíto.

Aparte de lo que diga el PGOU, en lo que a tí pueda interesarte de forma especial, creo que son los artículos 28.b), el 29.4 y los 147 y 148, éste último dice algo sobre la necesidad de unidades mínimas, supongo que se referirá a unidades mínimas de cultivo al tratarse de suelo rústico.

Un saludo.
28/10/2008 23:53
Hola pac,

Gracias por tu pronta respuesta.
La actividad que pretendemos realizar es una actividad normal. Dentro de de las normas subsidiarias del municipio se englobaría como "equipamientos ocio-recreativos y deportivos ligados al medio narural" y tenemos un informe termporalmente favorable por parte del ayuntamiento.

La duda que me surge contantentemente es que en el ayuntamiento se hayan podido confundir entre los terminos de "unidades minimas de cultivo" y "minimo de tamaño para pedir una calificacion urbanistica".

La ley del suelo ultima que se aplica a la comunidad de Madrid es la de 1989 ? Había oido que había una ley del 95 y otra del 98. Pero no se como va bien el tema.

Supongo que si todo es muy desfavorable podre presentar en el ayuntamiento un informe topográfico en el que se diga que hay unos pocos mas metros de los que tengo para llegar a ese límite. Realmente podria llegar a darme algun quebradero de cabeza el aumento de un 4% aproximado de la superficie de la parcela.

Muchas gracias,

Un saludo
perfil pac
28/10/2008 21:41
Si la actividad que pretendes es de las denominadas molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, deberás solicitar como te he dicho, la licencia ambiental de actividad clasificada en el ayuntamiento, el cual emitirá un informe urbanístico según el Plan General del municipio y elevará el expediente a la Consejería competente para su evaluación e informe, si éste es desfavorable, el ayuntamiento no podrá otorgar el resto de las licencias.

La superficie de la parcela constará en el registro de la propiedad o en el catastro, aunque en ocasiones no sean coincidentes. Si así fuese un topógrafo también podría hacerte la medición.

A continuación te pego la legislación sobre suelo rústico de la Comunidad de Madrid.,

Decreto 65/1989, de 11 de mayo, por el que se establecen las unidades mínimas de cultivo para el territorio de la Comunidad de Madrid.

Un saludo.



28/10/2008 20:02
Hola pac,

gracias por tu respuesta. El tema es que la calificación urbanística depende de la Comunidad de Madrid y no del municipio.

No entiendo de todos modos que no se pueda realizar una actividad en una finca rústica por no llegar a 3 hectáreas. Lo veo muy exagerado.
Podrías indicarme donde puedo confimar la superficie ? si es una norma subsidiaria del municipio ? o una ley de suelo ?

Muchas gracias.

Un saludo
perfil pac
28/10/2008 19:41
El Plan General del municipio, determina la superficie de parcela mínima en suelo rústico, así como la actividad que en ella pueda desarrollarse.

Puedes presentar proyecto en el ayuntamiento solicitando licencia de obras, licencia de actividad y licencia de apertura, pero si la parcela no reune los requisitos urbanísticos necesarios, como parece ser, no obtendrás autorización.

Un saludo.
La calificacion urbanistica exige x metros ?
28/10/2008 02:38
Hola,

Os escribo desde Madrid. Tengo un pequeño lio. Tengo una parcela en un municipio de Madrid en el que queremos ejercer una activiad. El caso es que el Ayuntamiento no me permite hacer nada mientras no tenga la calificación urbanística. Mi parcela tiene 29.000 m2 y dicen que la superficie mímina para pedirla es de 30.000 m2, y que la única opción que tengo de ejercer una actividad allí es comprando alguna parcela más y agregarlo a lo existente para pasar de 30.000 m2.

Alguien sabe si esto es correcto ? O por el contrario se puede pedir una calificacion urbanistica para ejercer una actividad sobre suelo rústico, sin depender del tamaño de la parcela.

Muchas gracias