Esto parece un "top secret" más que una información.
Además, vista la fecha de la sentencia, creo que el abogado podría hacerles la competencia a Rappel y la Bruja Lola. :-)))
La audiencia nacional condena a la aepd a retirar noticia de el país
La Agencia Española de Protección de Datos no hace honor a su nombre. Así se desprende al menos del resultado de un reciente procedimiento por el cual la Audiencia Nacional ha condenado a la AEPD a retirar de la web del diario El País tres noticias injuriosas contra mi cliente. En todo el procedimiento, incluído hasta la propia ejecución, la AEPD ha funcionado en la práctica como abogado defensor del rotativo.
Estas tres noticias que deberán ser suprimidas fueron publicadas en 1995 en la entonces edición impresa del mencionado diario, donde se reflejaban los antecedentes penales de mi cliente, ya cancelados desde hace al menos diez años. La propia jurisprudencia alegada por esta parte durante el procedimiento ante la AEPD fue obtenida de las propias resoluciones de la AEPD, donde se expresaba que el derecho a la libre información tenía un límite: el derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.
La Audiencia Nacional ha estimado las pretensiones de esta parte y además ha resuelto la ejecución forzosa de la sentencia, dado que la AEPD ha comunicado que no va a ejecutarla.
Fecha de la sentencia: 28/12/2013
Número de recurso: 388/2011
Número de registro general de la Audiencia Nacional: 3140/2011