Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

La actual inquilina no quiere cambiar los suministros a su nombre

7 Comentarios
 
La actual inquilina no quiere cambiar los suministros a su nombre
12/02/2021 18:27
Hola. Necesito orientación. Tenía una casa alquilada hasta el 31 de enero en el cual los suministros de luz y gas estaban a nombre de los inquilinos. La nueva inquilina que entró el 1 de febrero tiene en el contrato la obligación de cambiar los contratos a su nombre pero no tiene intención, me están dando largas y al acercarme a Endesa e Iberdrola me han dicho que es morosa y no se le va a tramitar el contrato. En Iberdrola me ofrecieron cambiarlo a Curenergia y así no tendría problemas, pero necesito una autorización de ella y no me la quiere dar. No se cuanto tiempo van a tardar los anteriores inquilinos en dar de baja los suministros ni las consecuencias que puede tener para ellos ni para mi. Tiene niños pequeños y ya me a avisado que si se dan de baja yo soy el responsable.
Me gustaría vuestras opiniones sobre la cláusula del contrato que habla de los suministros por que está un poco mal redactada ya que la rectifique un poco del anterior contrato.
"DÉCIMA.- La ARRENDATARIA se compromete a dejar completamente gestionado el cambio de titularidad de estos contratos, a su nombre, dentro del plazo de 5 días a contar desde el inicio del contrato de arrendamiento. Será motivo de resolución de contrato y de una penalización de 1000 EUROS el incumplimiento de esta condición salvo que la gestión no se hubiera podido realizar por causa no imputable a la ARRENDATARIA. Y todo ello independientemente de la indemnización que la ARRENDATARIA deba pagar al ARRENDADOR por los perjuicios ocasionados por tal incumplimiento contractual.
Con la firma del presente contrato de arrendamiento la ARRENDATARIA manifiesta su consentimiento a que, en el momento que el ARRENDADOR lo solicite, se realice por la suministradora un cambio de titularidad a favor de quién el ARRENDADOR designe. Si a pesar de lo establecido en esta cláusula, aún así fuese necesaria la participación de la ARRENDATARIA para gestionar el cambio de titularidad, si éstos no colaboran en todo lo que sea necesario para esta gestión, se establece una penalización de 1000 EUROS.
En todo caso, el pago de las facturas emitidas por las suministradoras, por los consumos realizados en la vivienda desde el primer día de contrato hasta el último, serán a cargo de la ARRENDATARIA. Serán a cargo de la ARRENDATARIA los gastos de gas, agua, saneamiento, energía eléctrica, teléfono en su caso, y cualesquiera otros que tengan relación con el uso de la vivienda arrendada, aunque los recibos vayan a nombre del ARRENDADOR, con la exclusiva excepción de lo indicado en el párrafo siguiente.
Será a cargo del ARRENDADOR, exclusivamente, la cuota correspondiente al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (I.B.I.) y las cuotas ordinarias o extraordinarias (derramas) de la comunidad de propietarios."
12/02/2021 18:36
Si lo dan de baja, tengo yo la obligación de darlo de alta o es ella la que tiene la obligación y sería su problema. Según las nominas que me presento gana 2500€ netos, con lo cual tiene dinero. También comentar que he estado en su domicilio anterior y ya me han dicho que debe un año de agua y alquiler, vamos una morosa profesional.
13/02/2021 00:23
Mucho mas sencillo: al primer impago de un suministro interponga demanda de desahucio por falta de pago: con esa nómina no podrá invocar situación de vulnerabilidad.
13/02/2021 10:20
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
14/02/2021 09:26
Pero si lo pongo a mi nombre la deuda es mía y para la compañía de suministros el que tiene que pagar soy yo. En cuanto incumpla interpondre la demanda de desahucio, pero eso son varios meses y mientras la deuda de suministros va creciendo. Para mí lo ideal es que cuando los anteriores inquilinos los den de baja yo no tenga responsabilidad y sea ella la obligada a darlos de alta pagando los nuevos contratos. Gracias por las respuestas.
14/02/2021 10:09
De lo que relata deduzco que los inquilinos anteriores a esta inquilina pusieron el contrato de suministro a su nombre y que luego la nueva inquilina no lo ha puesto al suyo, de modo que ahora mismo sigue a nombre de los anteriores inquilinos. Si es así las respuestas a sus preguntas son las siguientes:
1.- Lo primero es que los anteriores inquilinos no pueden hacerla a ud. responsable de nada por la simple razón de que ellos pueden dar de baja el contrato de suministro porque para eso está a su nombre. Es más: deberían haberlo dado de baja. Si no lo han hecho tendrán que atenerse a las consecuencias derivadas de no darlo de baja.
2.- Según la cláusula que transcribe la falta de cambio de titularidad es causa de resolución, así que ya está tardando en demandar a la actual inquilina. Demándela y resuelva el contrato.
3.- Si lo pone a su nombre la deuda no será suya sino de los anteriores inquilinos que son quienes tienen el contrato a su nombre. Si la empresa le dice que la deuda se “traslada" al titular de la vivienda le están mintiendo: es un truco que suelen usar pero no está respaldado por la Ley. Y lo mismo si los anteriores inquilinos le dice que la responsable es ud. No: los responsables son ellos porque son los titulares y porque no han dado de baja el contrato.
Francamente: no entiendo demasiado bien sus dudas. Vaya el lunes a un abogado e interponga ya la correspondiente demanda. La ganará si o si y a otra cosa.
19/02/2021 22:12
leonjbr
2 cositas.
-No paga la luz y el agua y no se la cortan?
-Soy arrendadora y también inquilina. Por traslado laboral.
Entiendo que eso de que tengan que cambiar de titularidad de los suministros será por una mala experiencia del propietario, y lo comprendo.
Pero, las compañías te cobran un dinero por el cambio de titularidad, cuando en realidad si hay buena fé el propietario pasa las facturas y punto.
04/07/2021 06:56
Actualizo la situación. La inquilina el día 21 me llama para decirme que le cortaron la luz y que la culpa es mía. Un mes después me llama para contarme una milonga por el cual no había podido ingresarme la mensualidad y en esa conversación me dice que solo estuvo sin luz 3 horas y la compañía con la que tiene el contrato. Lo de las 3 horas debe ser verdad puesto que ese día y siguientes vi luz en la casa. Para comprobar que el contrato está de alta llamo a la distribuidora y me dicen que está de baja.
Lo contado anteriormente era solo por si alguien quiere saber cómo va la historia. Mi pregunta es, dado que el agua no me lo iba a pagar hablé con el administrador para que me pasarán el recibo a mí y me he dado cuenta que en el recibo dónde pone deudor en vez de ir a mi nombre, viene el de mi inquilina. Influye en algo a la hora de reclamar esa deuda. No sé si devolver el recibo ya que no va a mi nombre y pedirle al administrador que lo envíe a mi nombre. Tampoco entiendo porque el banco a pagado si no está a mi nombre.