Buenas noches: Tengo en venta una casa de pueblo que la compré en el año 1.999 en mal estado. En el año 2.000 la rehabilité integralmente, y así consta en el catastro. Pero después de 22 años no encuentro las facturas de la rehabilitación., y según la normativa del IRPF, si no justifico el gasto de la rehabilitación, este es considerado ganancia patrimonial. ¿Existe alguna forma diferente a las facturas de poder justificarlo?, como por ejemplo la valoración por un técnico de lo que pudo costar la rehabilitación en el año 2.000. Pues que se realizó tal rehabilitación después de la compra está justificado con la anotación que existe en el catastro. Gracias por vuestra atención.
La valoración de un técnico no suele servir porque el técnico valora el estado actual pero no el estado antes de las obras, dado que no lo conoce.
A falta de facturas, podrían valer contratos, justificantes de pago al contratista, etc. Incluso podría pedir duplicado de esas facturas al propio contratista.