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justificar el impago de la renta

7 Comentarios
 
Justificar el impago de la renta
03/09/2008 11:38
Buenos días, a ver quién me echa una mano.

Arrendador alquila establecimiento para ser explotado como industria de hostelería.

A tal efecto, el arrendatario se compromete a abonar al arrendador 35000 euros, a la firma del contrato, independientemente del pago mensual de renta.

El arrendamiento se establece con renta mensual de 2000 Euros.

Los 35000 Euros anteriores, no figuran en el contrato de arrendamiento; solo constan en un papel a parte, en el que el arrendador reconoce bajo su firma que la entrega de dicha cantidad, estará condicionada a que finalmente se firme ese contrato de arrendamiento.

En virtud de cláusula establecida en el mismo, sólo cabe subarriendo si ambas partes se ponen de acuerdo.

A día de hoy, el arrendatario le adeuda al arrendador cuatro meses de renta.

A la hora de plantear la demanda de desahucio y reclamación de rentas, ¿Puede al arrendatario traer a colación la existencia de los 35000 euros que entregó y que en ningún momento figuran en el contrato, para justificar el impago de la renta durante esos cuatro meses?

Yo entiendo que no , pero no lo tengo tan claro.

Gracias por adelantado y un saludo.
perfil Jan
04/09/2008 12:10
Hola forster. Para responder a su consulta es imprescindible saber en qué concepto se entregó la cantidad de 35.000 € y el contenido del documento en que se acordó tal entrega. Por ello le recomiendo que acuda a un/a profesional de la abogacía quien, con el contrato, el citado documento y los datos que usted aporte, resolverá su consulta.

Reciba un cordial saludo.
05/09/2008 10:45
Gracias por tu respuesta, Jan.

En principio dicha cantidad fue un dinero que el propio arrendatario se ofreció a dar al arrendador.

El arrendatario no quería quedarse con el personal que trabajaba en el restaurante, y por ello el arrendador le dijo que si quería arrendarlo, debería pagarle esa cantidad al margen de la renta, para poder despedir a los empleados del restaurante.


ambas partes llegaron a ese acuerdo; el arrendatario pagaba esa cantidad que no figura en el contrato para indemnizar a los trabajadores que no quería que trabajasen con él, y a cambio el arrendador le arrendaba el establecimiento.

Yo entiendo que esto es perfectaemnte válido,no?

Gracias por adelantado.
El caso es que esto no consta en el contrato.
perfil Jan
05/09/2008 13:29
Hola forster. SI los datos que usted aporta en su último post son fieles a la realidad el arrendatario NO podrá oponer el pago de 35.000 € como un adelanto, depósito o fianza para la renta.

Reciba un cordial saludo.
07/09/2008 16:52
Gracias por tu respuesta Jan, si que son fieles a la realidad los datos que aporto.

El problema es que el arreandador no recuerda exactamente qué constaba en dicha nota, aunque algo está claro, no consta que es como fianza por una razón:

-La fianza ya consta en el propio contrato, en el que se establece dos mensualidades de renta como tal.


-Parece ser según sus propias palabras que ´dicha nota venía a condicionar la entrega de los 35000 a qué finalmente el arrendamiento fructificase o se llevare a cabo, cosa que finalmente sucedió.

Luego ni creo que se pueda considerar adelanto, ya que las cuatro primeras rentas sí las abonaron los arrendatarios, ni creo que pueda considerarse fianza, por ol expuesto anteriormente.

Esta es mi opinión, lo que pasa que siempre te queda la duda...

Gracias por tu respuesta y un saludo!!
perfil Jan
08/09/2008 13:12
Hola forster. Con los datos aportados mi opinión profesional es totalmente coinicide con la que expresa en su último post.

Reciba un cordial saludo.
08/09/2008 16:39
Gracias por tu respuesta Jan, otro cordial saludo para tí.
perfil Jan
08/09/2008 20:28
Hola forster. No se merecen. Ha sido un placer poder orientarle.

Reciba un cordial saludo.