El articulo 19.4 y 20e) comentan que el secretario tiene qe tener la documentación guardada por cinco años, y que la custodiara a disposición de los titulares, con lo cual disposición a mi entender significa que usted la puede ver, los papeles otra cosa es que cada tres meses el le tenga que entregar a usted algo.
El no le puede negar que vea la documentación, pero si el que usted le exija que se la de ordenada a su gusto.
Puedo exigir al secretario de mi comunidad que me presente los justificantes del banco del resto de vecinos de haber pagado derramas, mensualidades, etc, cada 3 meses o tengo que esperar a la junta?
Cuanto tiempo minimo se debe dejar pasar desde que se hubiera tenido que ingresar un pago para denunciar a un moroso?