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Justificante de Reconocimiento de Deuda:

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Justificante de reconocimiento de deuda:
20/04/2008 17:50
Hola,

Una amiga que es ama de casa, trabaja a como empleada del hogar por las mañanas en casa de un señor mayor para sacar un dinerillo extra. Gana unos 800 Euros al mes, creemos que no tiene obligación de estar dada de alta en la Seguridad Social, y respecto a la declaración de la renta le envian el borrador a su familia, y lo confirman, por lo que estos ingresos no estan declarados (supongo que lo correcto sería modificar el borrador, auque ni ella ni yo sabemos como habría que añadir estas cantidades porque no sabemos mucho de impuestos).
Bien, el problema es que el señor para el cual trabaja lleva 2 años sin pagarla porque ha tenido problemas de liquidez. Ella ha seguido trabajando porque es un señor mayor y no quería dejarlo en la estacada, pero claro ahora para asegurarse el cobro de estos atrasos le gustaría que le hiciera un "Justificante de Reconocimiento de Deuda".

Bien las dudas serían:
1.- ¿Mi amiga tendría que estar dada de alta en la Seguridad social?
2.- ¿Tendría que declarar estos ingresos en la renta o estan exentos?
3.- De tenerlos que declarar en la renta, ¿En que concepto se tendrían que imputar? ¿Podría añadirlos al borrador, o tendría que hacer una renta completa?
4.- El Justificante de Reconocimiento de Deuda, ¿Que datos mínimos debería tener?, ¿debería realizar este documento un abogado o un notario?.

Muchas gracias y un saludo.
mptc11