Sea generosa y avise a su jefe que de descontarselas de la nómina interpondrá usted la pertinente denuncia ante inspección de trabajo por obstrucción de la acción sindical atentando por tanto contra LOLS, y ya verá que gracia le hace a su jefe cuando la inspección le cite, las horas son del sindicato y si el quiere saber para que las utiliza usted que le ponga un detective privado. Si se atreve a hacerlo, que lo dudo, no se quede sólo en acudir al sindicato para que le reclamen mediante reclamación de cantidad esas horas descontadas de la nómina, ADVIERTASELO Y ACLARESELO que luego no le diga que obro usted de mala fe por no avisarle, la sanción es floja a parte de que atgentar contra la LOLS conklleva respnsabilidad penal.
Muchas gracias por su respuesta,a sido muy aclaratoria y puesto que ya había amenazado con que de no justificarlo nos descontaria del salario como del compúto de horas, púes ya se como actuar.
MIre por partes.
Primero, usted no tiene que justificar ningún PS, el emprtesario no tiene porque sabewr porque coge usted un permiso sindical, si por ej, es porque va usted a visitar a los compañeros del turno de noche o por ej tiene usted un comitye al día siguiente y usted esa noche le toca trabajar pues pide el permiso y ya esta, NO TIENEN QUE TENER CONOCIMIENTO DE PARA QUE LO SOLICITA USTED, y si coge usted algún festivo, porque a lo mejor tiene usted una reunión en la que se tenga que desplazar a Madrid por ej o por el motivo que sea ytiene que desplazarse en fin de semana ¿que? gtiene que decirle a donde va, pues no usted lo que tiene que hacer es pedir los PS desde el sindicarto al que usted representa con el formulario que le facilita el propio sindicato poniendo que solicita el día tal para asuntos concernientes al sindicato y punto si su empresa quiere saber mas que investigue, quien tiene que tener conocimiento de para que utiliza usted los dias es el sindicato y hagale usted saber a la empresa que las horas pertenencen al sindicato y por cierto hay sobrada jurisprudencia sobre la información que debe de tener un PS con respecto a la empresa, usted pida el permiso como siempre, es decir sin justificar y a ver si tienen h... de negárselo, a si lo hacen que se lo den por escrito.
En cuanto a la segunda cuestión, cada sección sindical tiene su delegado sindical que es quien a primeros de año debe de enviar un escrito de acumulación de horas
así de esta forma los delegados que perteneceis a un mismo sindicato podreis compartir a lo largo del año todas las horas y así de esta forma si un delegado se pasa de horas y otro se queda corto las comparten porque se crea como una bolsa que ademas no tendréis porque utilizar las del mes en cada mes si no es necesario sin así llegar a perderlas.
Si las acumulais y compartis entre los miembros de cada sección sindical podreís distribuirlas a lo largo del año como mejor os parezca, eso si sin pasarse, si ocurre esto pues o bien os las puede restar del proximo año o descontaros de los descansos e incluso llegar a quitaroslo del salario, pero no llegará la sangre al rio.
Tienes que tener que ese credito horario de 30 h/mes no todos los meses vais a tener la misma actividad sindical y unos meses necesitareis mas y otras menos de aquí la acumulación de horas para distribuir durante el año y no mensuales.
Hola a todos los foreros, tengo una pregunta haber si me podeis aclarar la duda, vereis soy miembro electo en un comité con cinco secciones sindicales, hasta ahora utilizabamos los permisos sindicales sin mayor problema, el tema es que todos trabajamos a tres turnos, y la empresa sacó un nuevo procedimiento para cojer las horas, y nos pide justificar solo las que cojamos en el turno de noche, o en dias festivos, los demás días en turno de tarde o de mañana no nos pide justificación,en el turno de noche siempre nos tienen que sustituir, ese era uno de los motivos por lo que aunque tuvierámos reuniones en otros horarios lo pediamos en el turno de noche por compensación, ya que casi siempre cambiabamos los turnos para poder acudir a las reuniones con lo que facilmente teniamos días de estar 12 horas en la empresa ( cuatro o cinco de reunión y luego las siete de trabajo, es legal esta justificación tan concreta?hay jurisprudencia al respecto?puede sacarse un procedimiento sin estar consensuado?en nuestro convenio no pone nada al respecto. Y otra pregunta, nos hemos pasado de las 30 horas mensuales, no todos los miembros, pero esto ya viene ocurriendo hace muchos años, puede reducir el crédito unilateralmente?.