Buenos dias. Les comento mi experiencia como abogado fiscalista.
En primer lugar, señalar que esta practica de la AEAT se está generalizando en toda España y causa una gran sensacion de indefension en los contribuyentes.
En la mayoria de las ocasiones la AEAT fundamenta sus reclamaciones en datos que ella denomina objetivos (consumo de electricidad) basandose en consumos medios que ella considera minimos para que pueda entenderse que se trata de la vivienda habitual.
Se trata en todo caso de una presuncion iuris tantum y por tanto admite prueba en contrario.
Cada persona es un mundo (faltaría mas) y no se pueden catalogar por una media.
Mi consejo es que si se sabe que se tiene razon (sin hacernos trampas al solitario) se debe recurrir en todo caso.
La AEAT va a negarnos nuestros argumentos tanto en el trámite de alegaciones como en el posterior recurso de reposición.
Cuando acudamos a al Tribunal Economico-Administrativo vamos a ver como en muchos casos se está dando la razón al contribuyente.
Y por ultimo si se acude al Contencioso Administrativo, los jueces en la mayoria de las ocasiones van a darnos la razon, pues si nuestra prueba es solida y logica los argumentos de la AEAT serán rechazados.
La administracion es un autentico rodillo y asi lo aplican al comun de los mortales con un poder de coacción desmesurado.
Un saludo y animo
Buenos días:
Aunque ya veo que estos comentarios expongo mi caso.
En Sept-2014, AEAT me comunicó q no me podía desgravar la vivienda (2013), pq el escaso consumo q tenía, no se considera vivienda habitual.
Adjunté certificados de comunidad de vecinos, empadronamiento, médico, documentos bancarios, certificado de garaje (ajeno a la vivienda), certificado de la empresa de que como en las instalaciones..
Y es cierto, q fines de semana, vacacioens, etc no estoy
vivo sólo y es mi única vivienda!!
Actualmente la declaración del 2013 se encuentra en el Tribunal Ec-Admtvo pendiende de resolución.
Presente al Declaración 2014, y me volvió a pasar lo mismo, ésta declaración es por tener pendiente la 2013, pq "voluntariamente" ya gasté más de lo necesario para no tener estos problemas que ya tuve el año anterior..
Acabo de pagar la "declaración 2014" q hacienda me ha enviado.
Aparte la volveré a reclamar, con todos esos mismos certificados.
Ahora haré, la declaración 2015 y me pasará lo mismo!! Aunque ya vivo de alquiler, en un sitio más cercano a mi trabajo, y ese piso lo he alquilado.. aunque eso hasta la declaración 2016 no me afectará!!
Entre esos 2 años (a falta del 2015), pues tengo enganchados unos 2000 euros, entre lo que no me han devuelvo y lo que me han mandado pagar, pues son mil cada año!!!
Mi pregunta es.. todo esto empezo en Septiembre-2014 (declaración renta 2013),... ¿¿ Cuanto tarda de media el Tributal Econ-Admtvo en contestar??
Ando con serios problemas económicos, gracias.
Hola Fernando,
A tu pregunta te diré que depende de que Tribunal Econ-Administrativo sea. El de Andalucía esta tardando al menos 2 años en temas del IRPF, contados desde que se interpone la reclamación. El de Madrid incluso un poco más. Los restantes, no lo se.
Saludos.
Jaime.
Ufff... pues a esperar entonces!!!
En la Declaración que hace referencia al 2013, llevaré 1 año o poco más con la reclamación ante el Tribunal Econ-Admtvo...
En la Declaración que hace referencia al 2014, aún sigue reclamada ante la Agencia Tributaria.
Y en breve... me pasará lo mismo con la que presente ahora...
La última de este pais,,,la primera vez que la agencia tributaria me envió una complementaria por la desgravación de mi vivienda habitual de la declaración del 2003,,,,HA LLOVIDO,el tear me dió la razón y me devolvieron los 6ooo euros que me pedian,,,,dos meses después me envian otra sobre el mismo tema pero ahora me pedían 2500,,,el tear me dá la razón nuevamente pero en parte y me devuelve una parte...como no estaba de acuerdo, reclamo via judicial....pero por lo visto hay una sentencia que ha creado jurisprudencia que dice que si un ciudadano reclama en los tribunales, la agencia tributaria puede hacer complementarias, tantas como crea menester,,,, y cuando al perder las sentencias pagar encima las costas judiciales,,,,es decir yo puedo estar con la declaración del 2003 veinte años,,,,como por cierto me dijo en cierta ocasión el funcionario de hacienda...el ciudadano está totalmente desprotegido en este pais que han fabricado a la carta para algunos....
Anónimo
04/08/2016 17:50
luckyluke69
SOLUCION!!
Buenas tardes.
Soy un afectado más por el tema del consumo eléctrico.
Hay un punto que se nos olvida y es la mala fe de la administración de hacienda, os lo documento:
Como ya sabemos las eléctricas 1 vez al año dan nuestros dados a hacienda, pero hacienda los utiliza para suponer que no es nuestra vivienda habitual basándose en un bajo consumo,
El modelo que presentan las eléctricas a hacienda es el modelo 159 el cual se envía todos los meses de febrero, si febrero, es decir cuando hacienda en junio emite el borrador ya conoce nuestro consumo eléctrico.
Si conoce el consumo eléctrico:
- ¿porque dan la posibilidad de desgravar la vivienda habitual?
- ¿no sería más lógico que directamente ese borrador dijese que debido al bajo consumo no es aplicable dicha deducción?
Hacienda por el contrario espera unos años y nos envía la carta solicitándonos la devolución más la sanción.
¿No es mala fe por parte de la administración?
Les dejo el enlace del BOE donde viene documentado https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2009-12534
Léanlo, es muy interesante, sobre todo el Artículo 5. Plazo de presentación del modelo 159.
Sería una buena defensa ir a juicio con este modelo 159 más el borrador de hacienda, todo ello se puede pedir en la delegación a la que pertenezcamos y aportarlo en la demanda.
Espero que les sirva de ayuda, ya estoy cansado de que nos engañen.
Por otro lado insistir en que cuando uno se desgrava la vivienda habitual se rige por el reglamento de IRPF el cual en NINGUN momento especifica que haya que tener ningún consumo.
Por lo que no es justo que se basen en un mero estudio para sancionarnos y mucho menos alegando la potencia consumida ya que no es un requisito exigido a la hora de declarar la vivienda habitual.
Les animo a reclamar, no paguen! luchen!
Hola. Estoy en una situación parecida a la tuya y mi abogada me esta solicitando resoluciones o sentencias en las que se estiman las alegaciones. Podrías facilitarme estas resoluciones. Gracias. Te facilitaría mi cuenta de correo para ponernos en contacto.
Hola. Estoy en una situación parecida a la tuya y mi abogada me esta solicitando resoluciones o sentencias en las que se estiman las alegaciones. Podrías facilitarme estas resoluciones. Gracias. Te facilitaría mi cuenta de correo para ponernos en contacto.
Hola Canta, tengo el mismo problema que tu y me gustaría que me dijeses el abogado que te llevo el tema, pues si lo has ganado, yo lo veo muy negro a ver si me puede asesorar.
Hola,
Expongo mi caso para ver si alguien me puede ayudar
Soy madre soltera, antes de conocer a la persona con la que vivo, que es divorciada, y con la que tuve un hijo en el 2012, compre una vivienda en el 2006 y estuve viviendo en ella. Conocí a mi pareja que vivía de alquiler con un hijo procedente de su anterior matrimonio en el 2009 este se compró un piso y se traslado a vivir en el, el no se desgrava por su piso ya que lo compro después de haberse suprimido la ley. Cuando se trasladó al piso que compro viví con el, pero no trasladé el padrón, ni di de baja los servicios de mi casa, ni el medico, ya que no sabia cuanto duraria la relacion, luego me quede embarazada y tuve un hijo, entonces fué cuando cambie el padron y el medico. Ahora hacienda ha revisado mi consumo en los últimos años y ha dicho que mi vivienda ha dejado de ser habitual y ademas probablemente me va a reclamar los años anteriores. No tengo ningún bien económico ni relación legal con mi pareja aparte de nuestro hijo y de vivir ambos en su casa. Me gustaría saber si es conocéis algún abogado fiscal que sea económicoya que mi capacidad economica y la de mi pareja son mas bien bajas o alguna asociación de afectados como yo que esté dispuesta a reclamar a Hacienda la aplicación de esta ley injusta.
Te dire algunos puntos para que ganes este asunto.
-El padron, segun Ley es la vivienda habitual. (buscalo)
-Los consumos, hacer referencia a un consumo es el mayor error, jamas lo hagas, NADIE puede exigirte semejante servidumbre, va contra el codigo civil.
-Pide a hacienda un certificado de domicilio fiscal, ya tienes un documento publico donde ellos mismos dicen que es tu vivienda, descuida que seguro que sale la vivienda en cuestion.
-RECLAMA SIEMPRE!, jamas acepten lo que ellos digan! hace copia y pega de las sanciones y eso es ILEGAL!.
-Redes sociales IMPORTANTISIMO! hartate a ponerlo en redes sociales con copia a inspectores de hacienda, secretaria de estado de hacienda, etc.
-DEFENSOR DEL PUEBLO, lo mas importante! escribele presentale tu queja , es gratis te ayudara de cara al contencioso
-Hacienda jamas te dara la razon, no te agotes, pasa de lo que te digan, reclamales siempre hasta llegar a contencioso, y aqui si vas a recuperar tu dinero.
-Ve a tu ayuntamiento y pide que te certifiquen el padron, si certificar lo ya emitido, supone la firma de otro funcionario y por ende otro documento publico.
desestimar un documento publico es DELITO! hacienda te lo va a desestimar todo, no te preocupes ya lo vera el juez!
Por que de todo esto? muy sencillo, no viene en la Ley , que tengamos que gastar ninguna cantidad, ademas, el dato del consumo es el de la vivienda, es decir, yo puedo alquilar ilegalmente mi vivienda gastar "mucho" y desgravarmela, EL CONSUMO NO ES PRUEBA DE QUIEN VIVIE!!!
y como no es prueba en contencioso esta ganado!
No entres en consumos!
Solo defiende que es tu vivienda con los documento que dice la Ley, el padron es la prueba de tu vivienda habitual. Que no os enreden que si consumo de gas , luz...etc
cada cual gasta lo que quiere!
y si gastases mucho... tendrias una empresa montada en tu casa??
y si tubieses la vivienda alquilada de manera ilegal y el inquilino gastases mucho, si tendrias derecho a deduccion por vivienda?
El consumo NO PRUEBA que vivas en la vivienda, por lo tanto no hableis de consumos!
el consumo no viene en la Ley, no deis vueltas a lo no legislado, es perder el tiempo.