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justicia gratuita

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Justicia gratuita
11/10/2011 12:20
Mi caso es el siguiente, mientras estaba esperando que se me concediera justicia gratuita para hacer recurso de Casación y el procedimiento estaba en la Audiencia Provincial, la Audiencia tuvo me otorgó procurador antes de que se me concediera abogado, y el juzgado de primera instancia, basándose en que tenía procurador, me dictó un decreto y una providencia de tener que cumplir el Auto de la Audiencia Provisionalmente, pero al no tener aún abogado no me fueron aceptados los documentos que presenté al Juzgado contándole mi situación, así que fui a hablar con el Juez y le dije en persona lo que pasaba, el Juez me dijo que para suspender el plazo para presentar el recurso directo de revisión y recurso de reposición cuando tuviera abogado de oficio que pidiera en el Juzgado que se me diera un abogado de oficio y que el Colegio de Abogados (al tener yo un expediente de solicitud de justicia gratuito abierto y ser el mismo procedimiento) avisaría de tener ya una solicitud abierta y que el mismo abogado serviría para presentar recurso extraordinario de casación y el recurso directo de revisión contra el decreto dictado por el Juzgado de primera instancia.

El hecho es que se me concedió abogado de oficio y ya presentó recurso extraordinario de casación y el recurso directo de revisión. Pero hoy he recibido una carta certificada del Colegio de Abogados abriéndome un expediente para pedir justicia gratuita y que me designen un abogado de oficio para el procedimiento: Ejecución títulos judiciales que es el decreto contra el que ya el abogado de oficio presentó el recurso directo de revisión pidiendo que fueran suspendidas todas las actuaciones mientras yo no tenía abogado de oficio y el recurso ha sido admitido por el Juzgado dando plazo de 5 días a la parte contraria para que presente recurso de reposición.

A raíz de lo expuesto, mi pregunta es:

1-¿Verdad que sirve el mismo abogado de oficio para ambos recursos al ser de un mismo procedimiento dirigido a la misma persona?

2-¿Cómo debo hacer para informar al Colegio de Abogados que ya tengo un abogado de oficio que ya presentó los dos recursos y que se trata de un mismo procedimiento?