Espero que tus dudas sean sinceras...Veamos, los abogados cobramos ( o a eso aspiramos), sea la gente inocente o culpable. Existe la justicia gratuita para ciertos casos que ya están claros, pero eso no quiere decir que se vaya a defender de manera distinta al cliente que siendo un abogado "de pago".
No cobramos del Estado, como tú dices. Somos profesionales autónomos y nos regimos por las normas de los Colegios de Abogados, que establecen unos mínimos para cada caso.
Nunca había pensado eso de que el Estado te pone un juicio, pero no, las costas no van para el Estado.
Preocúpate más por lo que dice el atestado y por el nivel de alcohol que diste. Lo del problema con los ojos seguro que se lo comentarás a tu abogado. Quizás te recomiende que lleves un informe médico, o la posibilidad de que te examine el forense, aunque como le vayas contando que en cuanto bebes algo se te ponen "saltones"...
Está bien ser optimista, pero por lo que cuentas, no lo veo tan claro.
hola, si ya he entendido lo del abogado de oficio.
Entonces hablaré con el abogado de oficio que me han puesto y a ver que dice de lo de los honorarios.
sigo con una duda: el abogado de oficio en el caso de que no tenga yo j. gratuita ¿no cobra nada del estado por defenderme?.
Claro esque yo necesito que haga una defensa que supongo que se tendrá que preparar viendo las pruebas y demás. Pero creo que 600 o 900 euros es un poco caro y el estado que es quien te pone el juicio deberia de pagarlo en caso de que seas inocente.
Bueno con lo que me contesteis ya voy a verlo y a ver que pasa.
Probablemente, porque a partir de una edad ya se considera que no formas parte de la unidad familiar de tus padres, aunque vivas con ellos. Te diría que a partir de los 25, pero no estoy segura.
Cuando se establecen los requisitos se dice qué se entiende por unidad familiar (suele poner algo así como el solicitante, su cónyuge y descendientes)
Una duda Rus: conozco un caso de un mayor de edad que vive con sus padres y pide justicia gratuita. El padre gana una pasta, bastante mas que el doble o el cuadruple del smi, pero el es estudiante, y no tiene ingresos ni bienes, y se le concede justicia gratuita (concretamente como demandante en un procedimiento contencioso administrativo, que por cierto, milagrosamente gana): como se desvirtúa en este caso de la unidad familiar, que tiene unos ingresos tan altos?.
En respuesta a la última pregunta de javier95, no tendrás que ir acompañado de procurador (tu representante ante la justicia, que se emplea cuando un particular quiere emprender una acción legal por su cuenta; ejemplo: en una denuncia no hace falta procurador, lo que haces sin darte cuenta es decirle a la fiscalía lo que ha pasado y ellos se pronuncian; en la querella eres tu la acusación particular, y aquí si hace falta procurador).
Un saludo.
A ver. Ya expliqué lo que es un abogado de oficio. La justicia gratuita es independiente. Se prevé para aquellas personas sin recusrso (que la unidad famiiar no llegue al doble del smi). Se puede solicitar sea tu abogado de oficio o no.
Si o tienes derecho a justicia gratita es que tienes ingresos, y si el abogado se empeña, cobrará (aunque sea a través del embargo).
Otra cosa es que el abogado del turno pase de todo. Si el cliente tiene justicia gratuita, el abogao cobra unas 25.000 pts. Si no, quizás el abogado considere que "perseguir" a su deudor le puede llevar más tiempo y trabajo del que empleó en la defensa (un escrito de defensa no es nada, y sólo hay que ir al juicio y probablemente conformarse).
Ya he mirado lo del salario mínimo y si esta en 512 euros con lo que yo me quedaria fuera.
Tambien estoy leyendo sobre mi duda del abogado de oficio y creo que hay una contradicción porque aunque no tenga derecho a la justicia gratuita la ley dice que en un caso penal se le designará un abogado de oficio si lo solicitara o no nombrara yo ninguno.
No estoy diciendo que no vaya a pagar al abogado de oficio pero si yo no tengo dinero para pagarle y la ley obliga a ser defendido por un abogado ¿que pasa en los casos en los que el abogado de oficio no puede cobrar?
Un amigo dice que hace unos años le defendió en un juicio por alcoholemia un abogado de oficio (pero ni le pidió que acreditase que no tenia medios ni nada), salió absuelto y después no volvio a saber nada del abogado ni le pidio dinero ni nada.¿Esque esto ha cambiado de unos años a esta parte?.
y a parte del abogado de oficio ¿tambien tengo que pagar procurador(que no se ni lo que es)?.
¿no os ha ocurrido a ninguno(si sois abogados de oficio) defender un tema como este?, y ¿como lo resolveis?.
Vale, pero diste positivo (que en la práctica, es lo que cuenta).
"Ellos" no te designan abogado. La ley dice que tienes derecho a uno, y que en el juicio, deberás ir defendido por letrado (en el juicio de faltas, por ejemplo, no es necesario). Hay una lista de abogados apuntados al turno para atender aquellos casos en que la gente no tiene ningún abogado de confianza o simplemente no le apetece llamar a ninguno. Lo que te va a cobrar el de oficio es lo mismo (o menos) de lo que te cobraría uno "particular".
No entiendo la redacción de la última pregunta. El salario mínimo son unos 500 euros.
¿no viene en la web del Ministerio?
Ahora mismo no tengo a mano los honorarios de mi colegio, pero en otro mensaje te cuento por dónde van los tiros.
Yo tengo un problema con los ojos en seguida me lloran y se me irritan y en cuanto bebo algo se me ponen como muy saltones(no se explicarlo mejor), pero hable educadamente con el agente que me hizo la primera prueba y tambien con el del furbón de atestados, despues estube hablando con el primero que me dijo que se quedaria en una sanción administrativa. Hombre olia a alcohol pero andaba bien, hablaba bien etc, solo creo que la hoja de sintomas hubiera sido rellenada por otro de los agentes del control.
Pero a lo que voy entonces aunque ellos te designen el abogado de oficio tienes que pagar tanto.
Y otra cosa que no entiendo si es el doble del salario base para la justicia gratuita, ¿en cuanto esta dicho salario para que sean novecientos y pico euros brutos el doble solo en cuatrocientos y pico euros?.
Justicia gratuita y abogado de oficio no es lo mismo.
Justicia gratuita se concede cuando no se tienen ingresos, y parece que no es tu caso (por lo de la unidad familiar).
El abogado de oficio se ofrece en caso de que tú no quieras designar uno.
Hay que pagar sea el abogado de oficio o no, salgas absuelto o te condenen (de hecho, es ilegal lo de "si no ganamos, no cobramos").
Para abaratarlo, busca alguno que te cobre lo mínimo, u ofrécete como pasante al abogado y hazte tus propios escritos, igual te hace una rebaja.
¿Por qué estás tan seguro de que eres inocente?. No lo dudo, pero normalmente, cuando a uno lo acusan de delito contra la seguridad del tráfico, como mínimo, ha dado positivo, a no ser que seas como aquel forero al que no hicieron la prueba. hay muy pocos casos en los que uno sale absuelto. Si hubo accidente, complicado. Si te pillaron en un control rutinario, quizás haya suerte.
Hola. Vereis he me han contestado del colegio de abogados y dicen que NO me los concederian porque se computa la unidad familiar y no se puede superar los 939,60 euros mensuales brutos(como he dicho mi esposa cobra 1512 euros netos).
Tambien que aunque te lo concedan no puedes cambiar de abogado.
Y que un juicio por alcoholemia:300 euros por el proc.abrev.+ 240euros por el escrito de calificación provisional+60euros por cada escrito que tenga que dirigir al juzgado. Tambien cobraria las consultas y salidas del despacho. TOTAL UNOS 600 A 900 euros que pueden incrementarse dependiendo de la complejidad del asunto.
¿esto es así?.
¿Entonces aunque el abogado sea de oficio tengo que pagar aunque salga absuelto tanto dinero?.
¿no hay alguna forma de abaratar esto?.
Pues menuda gracia que te pongan un juicio aunque seas inocente si ya te cuesta con poco más de lo que te piden por la alcoholemia.
Por favor, espero vuestros comentarios ya que me hacen polvo pues yo creo que puedo salir absuelto y la verdad esque estoy sin un duro.
Para solicitar justicia gratuita hay una serie de requisitos: en primer lugar que la percepción salarial sea inferior al doble del salario mínimo, y en cuanto a posesión de bienes, no se cual es el máximo.
Debes dirijirte al colegio de abogados de tu provicincia o alguna de sus delegaciones, en Madrid puedes acudir directamente al tribunal superior de justicia (vete con tiempo que hay buenas colas). Debes aportar la siguiente documentación:
1.- Certificado de empadronamiento, expedido por la junta municipal de distrito donde vivas.
2.- Certificado de bienes expedido por la agencia tributaria (ojo, vete primero al colegio de abogados para que te den un justificante que indique que es para justicia gratuita, que si no te cobran este certificado).
3.- Formulario de hacienda (no recuero el numero, pero me suena que es 620) de que no tienes que hacer declaración.
4.- En su caso, cartilla del INEM.
5.- Informe de la Tesorería de la Seguridad Social que justifique que no percibes pensión.
En cuanto a los honorarios, el colegio de abogados obliga a cobrar un mínimo por cada acto en que estos intervengan. En tu caso, por tratarse de un procedimiento abreviado no te lo puedo decir con exactitud, pero si hubiesen decretado juicio rápido habrían sido 600 euros (para que te hagas una idea), y a parte, si te detuvieron y te tuvo que asistir uno de oficio, esa asistencia son 90 euros.
En definitiva, estás en posción de obtener justicia gratuita y te conviene disponer de ella, porque teniendo en cuenta que te van a poner 500 o 600 euros de multa a pagar en seis meses (una burda estimación claro, pero con criterio experto), te va a salir mucho peor la defensa que la sanción.
Un saludo.
Para informarte sobre la justicia gratuita puedes ir a la oficina del Colegio de Abogados en los Juzgados de tu Partido Judicial, o directamente a la sede del Colegio de Abogados. Si te sirve de algo, en la web del Ministerio de Justicia hay un esquema.
En cuanto a los honorarios de cada abogado, existen unas tablas con los honorarios mínimos. A partir de ahí, dependerá de cada uno, aunque si se consideran excesivos, se pueden impugnar.
Los juicios de alcoholemia son bastante frecuentes. Cualquiera que esté en el turno tendrá experiencia.
Consejos: Si tuviste un accidente, a no ser que haya habido defectos en el procedimiento, casi seguro que te condenan, así que puedes plantearte la conformidad.
Coméntale a tu abogado la posibilidad de pedir la reducción de 1/3 que habrías tenido de ser juicio rápido.
El indulto, de momento no tengo noticias de ninguno que se haya concedido desde que gobierna el PSOE. Aprovechando que no tienes trabajo actualmente, intena entregar el carnet ese mismo día (si quieres, claro), y así empiezas a cumplir antes.
Buenos dias. por favor a ver si podeis orientarme un poco.
Voy a tener un juicio abrev. por alcoholemia, en su momento pedi un abogado de oficio en el juzgado.
Ahora me ha escrito una carta diciendome que tengo que solicitar la justicia gratuita o hacerme cargo de sus honorarios.
Yo no trabajo ni cobro prestaciones de desempleo.
Mi esposa tiene un salario líquido de 1512 euros mensuales.
No tengo coche ni nada solo una casa que estamos pagando con una hipoteca.
Estas son las preguntas que os hago:
-¿Con estos ingresos tendria derecho a la justicia gratuita?.
-Si no es así, ¿cuanto me puede costar el juicio más o menos?.
-Si tengo derecho a la justicia gratuita, que seria mejor que me defendiera un abogado especializado en estos temas?¿podria nombrarlo yo?.
Ni mucho menos tengo nada en contra del abogado pero como no lo conozco no se si su especialidad será esta o podria buscar uno especializado en estos casos.
Y otra cosa más:
¿Cobraria lo mismo el abogado de oficio que uno especializado si no me puedo acoger a la justicia gratuita?.
Os agradezco mucho vuestra atención, en otras ocasiones me ha servido de mucho vuestras respuestas.