hola, acabo de leer en un periodico de tirada regional que el supremo ha dictado una sentencia confirmando la no expulsión de un extranjero irregular y poniéndole una multa. En el extranjero irregular al parecer (el artículo del periodico no especifica absulotamente nada) no concurren supuestos de arraigo. Lo único que menciona el periodico es que esta sentencia del supremo viene a confirmar jurisprudencia dictada por el tsj de Cantabria del año 2003.