Queridos compañeros: Me dirijo a vosotros al objeto de que me digáis, si la conocéis, la jurisprudencia existente de la no obligación de revelar las fuentes de información por parte de los Agentes de los Servicios de Información o Secretos, tanto de la Guardia Civil, C.N.I. y Cuerpo Nacional de Policía... Repito, solo de los agentes secretos, parecer ser que para ellos por ser su cometido el salvaguardar la seguridad del estado,no están obligados a revelar las fuentes de información aún si son requeridos al afecto por algún Juez o Tribunal... para los demás miembros de las FF.CC.S. si tendrían que revelarlas. ¿Donde está esa jurisprudencia?, de qué fecha es y de que Tribunal?