Hola vvwt. El órgano competente será el Juzgado de la localidad donde esté sita la vivienda. Y no, no se puede cambiar la jurisdicción mediante pacto entre las partes.
Voy a alquilar un piso y vivo lejos de donde está situado. En el caso de que hubiera un juicio por deshaucio donde se celebraría? Creo recordar que en la jurisdicción donde radica el inmueble, pero no lo veo en la LAU. Si así fuera¿esta norma es disponible? Es decir, puedo pactar en el contrato que la jurisdicción se la de donde yo resido? Es q imaginaos encima del impago tener q desplazarte allí, sería de traca