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juridicción

5 Comentarios
 
Juridicción
21/09/2009 20:09
Una Comunidad de Propietarios, ha interpuesto un juicio contra un contratista por incumplimiento en la calidad de las obras.
Resulta que al parecer, la Comunidad ha interpuesto el juicio en un juzgado de la capital de la provincia y no en el juzgado del partido judicial al que pertenece el municipio donde está la Comunidad.
¿Creeis que será admitido a trámite?. ¿Podrá la parte demandada alegar falta de jurisdicción?.
21/09/2009 20:10
Perdón, en el título debe decir "judisdicción".
22/09/2009 11:35
El juez en este caso admitira la demanda si se ha interpuesto en el juzgado de primera instancia del domicilio de la entidad demandada, ya que es el competente, al seguirse las normas del fuero general.
23/09/2009 19:08
Pero en el caso planteado, ¿lo devolverá?.
01/10/2009 17:30
No se ha interpuesto la demanda en el juzgado al que pertenece el municipio donde radica la Comunidad, sino en el de la capital de la provincia.
¿Prosperará la demanda en ese juzgado?.
05/10/2009 18:22
Agradecería alguna opinión.