soy procuradora y presentá una jura contra mi cliente, aun no solicité que se trabe el embargo, pero ahora hay otra minuta que tampoco me paga, puede ampliar la ejecución o presentó otra jura de cuenta? gracias
Simplemente indicarle que coincido plenamente con ambas posturas; indicarle que no cabe acumulación, ya que la jura de cuentas, en el mayor de los casos, se trata como una pieza separada un procedimiento.
De este modo, no cabrá la acumulación de dos juras de cuentas de distintos procedimientos.
No obstante, me atrevería a decir que la ejecución derivada de dicha jura de cuentas sí que podría acumularse, puesto que nos encontraríamos ante una identidad de partes, por lo que, entiendo, cabría acumulación de ejecuciones.
Esperando haberle sido de ayuda, y a salvo de una opinión mejor fundada en Derecho, reciba un cordial saludo.
gracias por vuestra ayuda, se trata de un tráfico, una minuta derivada de la reclamción por las lesiones vía penal y la otra de los daños materiales vía civil, presenté la jura de la vía penal, entonces entiendo que deberé presentar otra jura de cuenta de la vía civil, y en todo caso intentar la acumulación de ejecuciones. gracias por vuestra ayuda, aunque no sé si en este caso habrá conexión
entre ambos procedimientos...