Desde luego nada como jurar la cuenta a un cliente "recalcitrante".
Meses he estado detrás de uno que se negaba a pagar (cartas, llamadas al fijo, al móvil, charlas con la esposa o gente de su trabajo ya que no se ponía al teléfono...) y ha sido jurarle la cuenta y ya ha hecho dos pagos...aunque aun queda una pequeña cantidad por pagar.
No sé que sería de nosotros (abogados y procuradores) si la ley no hubiera previsto este procedimiento...
Y ¿a nombre de quien pones la minuta de la ejecución?.
Lo digo porque yo tengo que presentar liquidación de intereses y costas de una jura de cuentas y al llegar a la minuta me he quedado en blanco.
El razonamiento que te di (aplicando las normas de mi colegio) es por que en caso de ejecucion forzosa que seria el tramite que tendrias que llevar a cabo una vez dictado el auto las costas se calculan sobre la cuantia por la que se despacha ejecución (principal costas presupuestadas), independientemente de la cantidad por la que ejecutes (principal - pago parcial)
Gracias DickTurpin.
Yo me refería a las costas. A mayor cantidad debida, mayores costas y como ha pagado una parte de la minuta...las costas serían inferiores...o no, esa es la cuestión...
Evidentemente mi minuta incial (sin las cosatas) es la que es y no la pensaba reducir.
Particularmente opino que deberías cobrar todo por varias razones:
1º. Lo mereces por tu trabajo.
2º. Caso de Inspección de Hacienda, en lo que a los procedimientos se refiere, siguen a rajatabla el libro de honorarios profesionales y caso de que no hayas cobrado toda la minuta, ellos harán una estimación indirecta y te la adicionarán en tu base, ya que la decisión de efectuar la bonificación fue únicamente tuya y la misma debe tener una justificación más allá de la mera bondad o la dificultad de cobro.
3º. Cuando me compro un coche, seguramente no me rebajarán la mitad del importe por el mero hecho de que decida no pagarlo.
Calculé las costas al meter el escrito reclamando la minuta y ahora, al haber un pago parcial, ¿es correcto que el juzgado ejecute por el total?. Esas costas serían entonces inferiores...
Dirás que soy idiota (y tendrás razón, sobretodo con la guerra que me ha dado el cliente) pero no veo justo que tenga que pagar más, ya que ha hecho un pago parcial...yo cobraré menos, pero...
Yo personalmente espero a que se dicte el Auto.
Date cuenta de que las costas por la jura de cuentas tienes que tasarla en función de la cantidad despachada en el auto.
Gracias Patricia.
¿Eres de la opinión de Sampler y esperas a que se dicte auto de ejecución para decir que se te ha hecho un pago parcial o metes antes un escrito comunicandolo?.
Supongo que os habrá ocurrido alguna vez y a más de uno de vosotros:
Tras intentar cobraros de un cliente, de esos recalcitrantes, que se niegan por activa y pasiva a pagaros, y tras meter los papeles de la "jura de cuenta" correspondiente, procede a pagar la mitad de la minuta...
¿Como desistis de esa jura de cuenta?
¿O por el contrario esperais a que pague la totalidad de la minuta?
Tengo hoja de encargo firmada y todo por el cliente(y eso que fue una sentencia absolutoria...)
Agradecería mucho que me pudieseis ayudar.