Hola que tal,
Que yo conozca, no ha sufrido ninguna modificación la legislación mercantil al respecto.
El período en el que debe ser convocada son los 6 meses inmediatamente posteriores al cierre del ejercicio social.
Buenas tardes,¿ Alguien puede informarme si ha habido algun cambio referente a las juntas ordinarias?
Sobretodo me interesa saber en que periodo se deben celebrar, antelación de comunicados a los accionistas y orden del dia.