1.- sobre el valor catastral
2.- si es urbana no puede valorarse como rústico, pero sí si es urbanizable y no urbana
3.- puede ser acordado por la junta, y hasta incluido en los estatutos. A falta de eso, pueden expropiar
4.- con abogado, en los juzgados
Me gustaría que me respondieran a algunas preguntas acerca de Juntas de Compensación de la Comunidad de Madrid:
1.- En la venta de la parcela la plusvalía a pagar en el ayuntamiento del municipio es sobre el valor castratal de la finca o sobre la venta escriturada.
2.- Si la finca es urbana industrial, en el caso de expropiación, cuál es el precio del metro cuadrado como rústico? por la nueva ley del suelo?
3.- En el caso de no poder efectuar los pagos que obliga la Junta, puede pagarse en terreno? o depende de lo que voten los junteros.
4.- Existe algún organismo público donde dirigirse en caso de ver irregularidades en las partidas de pagos que ha efectuado la Junta?