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Juntas conflictivas

2 Comentarios
 
Juntas conflictivas
12/06/2004 21:42
Hola a todos, les cuento lo siguiente a ver si me podeis ayudar:

Soy nuevo en el tema de las comunidades, me han nombrado presidente en una comunidad de nueva creación ¡pobre de mí!.

Se ha convocado una primera reunión y uno de los asistentes ha agredido verbalmente y amenazas de llegar a las manos durante la sección, a otros allí presenttes.

Dicha persona no es propietario, viven en un piso del bloque de la comunidad, cedido por el padre de su esposa (entiendo que por tal uso son usfructuarios) ¿lo son?, por lo tanto comparecieron he hicieron entrega de una autorización por el propietario de la vivienda alengado que esa autorización era para siempre, yo entiendo que siendo usufructuario no debe presentar autorización sino para los puntos que establece el apartado 1º del artl 17 de la LPH. y tiene que ser las autorización una para cada convocatoria y de manera expresa, ¿es así como lo creo?.

Debido a su comportamiento poco cívio ¿existen mecanismo legales de control para estas situaciones? ¿Se puede realizar gestión alguna encaminadas a evitar la presencia en la junta de estas personas que hacen que se suspende la convocatoria a mitad por alteración del orden? ¿que se puede hacer con las personas que adoptan estas actitudes, legalmente hablando? y otra cuestión, en cuando a promover las convocatorias de Junta por 1/4 de los propietarios, estos propietarios la promueven mediante solicitud al presidente de la comunidad, o realizan de tal manera que la organizan y convoca tal junta ellos mismos, realizando las citaciones y demás cosas? ruego que me contesteis amigos y con urgencia, se prevee una nueva junta y no se que puede pasarrrrrrrrr.......

Gracias a todos
13/06/2004 22:49
Le solicitan al presidente que la convoque y ellos ponen los puntos del orden del día, aunque el presidente tambien puede añadir los que el crea oportunos.
Manda la convocatoria el administrador
Si agrede a otro propietario lo que tienen que hacer es presentar denuncia en la comisería de policia.
Si no es un poder donde indique que es para siempre, sino cada vez que haya una junta le tendrán que dar una autorización. Y si es usufrutuario le tendrá que presentar la escritura donde conste el usufruto
Pidale la autorización con fotocopia del DNI del propietario. y coteje las firmas. si no coinciden o no se lo presentan puede negarle la entrada en la reunión.
14/06/2004 00:56
Muchísimas gracias Justa, me has ayudado mucho, te agradezco tu amabilidad de contestar, Gracias otra vez