Como puedo convocar una junta extraordinaria de vecinos, cuando el presidente no quiere convocarla.
Le hemos mandado burofax para que la convoque, y nos ha respondido mediante burofax que no lo ve necesario.
He leido que se necesita 1/4 parte de los vecinos que firme, pero no se exactamente el procedimiento. ¿Como incluyo lo que yo quiero que se debata en la junta extraordinaria?
¿hay algun modelo de conovcatoria para junta extraordinaria sin el presidente?
¿Puede el presidente asistir despues a esa reunion, habiendose negado a convocarla?
Ustedes, los promotores de la convocatoria (25% de propietarios con 25% de cuotas), realizan una Convocatoria, acogiendose al art. 16.1 de la LPH. Indicar que se ha intentado que el Presidente la convoque y se ha negado.
La convocatoria debera contener:
Lugar.
Fecha y hora de 1ª conv. y hora de 2ª conv.
Orden del Dia con los puntos a tratar.
La convocatoria ira firmada por los convocantes con datos de nombre completo y DNI.
Incluir modelo de apoderamiento.
Remitir copia de la convocatoria a todos los propietarios.
Para ello solicitar la colaboracion del Secretario-Administrador, para que facilite domicilio y listado de morosos.
Pues si no facilita los datos, hacerlo constar asi en la convocatoria.
Por ejemplo:
"no se acompaña listado de morosos, por no haber sido facilitado por el Secretario"
"al no facilitar el Secretario, la direccion de los propietarios, se convocara en la propia vivienda o local y en el tablon de anuncios (si lo hay)"
El modelo de apoderamiento, lo tienen que tener en cualquier convocatoria que les hayan enviado para alguna convocatoria anterior.
Por ejemplo:
Don...................................., propietario de la vivienda (o local) nº........, apodero a Don.............................DNI....................., para que en mi nombre, comparezca y vote en la Junta de fecha...................................
Para Lexis, muxas gracias por la informacion , seguire tus consejos.
tambien me gustaria que me dieras tu opinion sobre este otro problema que esta relacionado con este, te indico el hilo:
http://www.porticolegal.com/foro/responder.php?men=169823&codcat=115 230 307 000
Ojímetro. Una cosa es la convocatoria y otra la remisión de las citaciones a los propietarios, que es tarea del secretario, convoque quién convoque. Habría que demandarlo para cumplir con su obligación si no se allana a vuestras pretensiones.