Eso no me cuadra demasiado. Primero se recurre ante el Juez de Vigilancia Penitenciaria que es quien ha de velar por los interes del penado. Luego están los recursos contra las decisiones del J. de Vigilancia.
Gracias Seudón por todo. El abogado tiene que solicitar esos informes de la Junta, y veremos quién a votado a favor y quién y no. Según le han dicho a él primero se recurre a Madrid antes que a los de Vigilancia de nuevo...¿...?
Aún que esté pendiente la resolución del primer recurso, no debeis de dejar de recurrir bajo ningún concepto la segunda denegación, pues fijate lo que tardan. Además esa tardanza tampoco la puedes tomar como algo malo, pues para decirte que"no" son más rapidos. Estarán estudiando, precisamente lo que la Junta de T. no ha hecho.
Un dato importante es saber el número de votos a favor y en contra de los miembros de la Junta, y más importante aún, saber quienes han votado una cosa u otra, pues se tienen más en cuenta la opinión de unos que de otros. La psicóloga ya sabes que ha votado en contra y eso no es bueno. Así que como ves, te doy una de cal y otra de arena. La tardanza es buena, el voto del Psicologo aunque sea un patan, se tiene muy encuenta.
Recuerda que sí la primera es denegada, el posible argumento sea que "sólo" lleva 9 meses, que es necesario más tiempo para su valoración, tal y tal...por ello cuando reciban el segundo recurso, ya habra pasado un tiempo. No sé sí me explico.
Saludos.
Seudón, el Juez de Vigilancia se entrevistó con él hace seis meses (en la anterior Junta), con un recurso presentado, PERO AUN NO HA CONTESTADO, y, como digo, ahora ha habido nueva revisión...¿por qué tardan tanto en contestar desde el Juzgado de Vigilancia?. Como es la segunda Junta, ha recurrido a Madrid y a esperar para volver a pedir al Juzgado de Vigilancia...pero como aún esperamos la primera respuesta...¿qué hacemos?. Ya me han dicho que no recibe a famila.
Hay juzgados de Vigilancia que sí reciben a familiares. El abogado puede personarse, pero lo lógico es que se presente recurso en el plazo establecido, que intuyo que ya ha pasado desde el acuerdo de la Junta de T. En ese caso, lo más probable es que nada pueda hacer hasta la proxima revisión de grado.
Hola, gracias por contestar. En el momento del ingreso estaba sin trabajo, pero cuenta con su familia y sus amigos.
El Juzgado de Vigilancia ya me ha dicho que no recibe a familiares, ¿cómo lo hago? ¿puede el abogado acudir al mismo?
Se debe recurrir ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria con los mismos argumentos que aquí has expuesto. Cuando hablo de recurrir, me refiero al 2º grado y a la negativa de la Junta de Tratamiento a la progresión al 3º grado de régimen penitenciario. El fin de la pena es, en teoria, la reinserción del penado, lo que aquí a todas luces no se ha tenido en cuenta tras 12 años ¿estab trabajando en el momento de su ingreso en prisión? ¿tiene hijos y apoyo familiar? ¿causa de hace 15 años? ¡increible! clara muestra de como funcionan las Juntas de Tratamiento y del nulo estudio y seguimiento. Que trás nueve meses en Prisión, sea ahora cuando tras una entrevista, el educador se percate de la antiguedad de ellas, cuando su obligación inexcusable es hacerlo en el mismo momento de su ingreso en prisión, tanto de lo mismo.
Hecha un vistazo al Reglamento Penitenciario y especialmente a la L.O.G.P. ahí encontarás la respuesta a como debes y en que base plantear el recurso.
Mi familiar: dos casos x 2 años cada uno, total 4 años. Lleva 9 meses en la cárcel. Su caso es sorprendente y no fácil de explicar. ANTIGÜEDAD ¡¡¡15 AÑOS!!!. Sigue en 2º grado. Ayer el Educador se asombra al hablar con él de que esas causas sean tan antiguas. ¿QUÉ MIRAN ENTONCES USTEDES?, ¿o simplemente ponen por defecto los datos?.
PSICOLOGA, lo evalúa ¡¡¡en 5 minutos!!!. Pone su diagnóstico (es un hacha, sin duda): poco autocontrol. Mi familiar le dice ¿cómo es posible me defina Usted sin haberme hecho ningún test científico (ni de los otros)?. "Me basta con la observación"- responde la Genio.
¿Eso es legal en las Juntas de Tratamiento? ¿qué miran? ¿que evaluan (si evalúan algo)?.
Resultado: NO ESTA ADAPTADO A LA VIDA DE SEMILIBERTAD.
No toman en cuenta para nada el hecho de que en los 12 últimos años: NO HA COMETIDO DELITO ALGUNO, NI SIQUIERA MULTA DE TRAFICO, HA TRABAJADO, SE HA CASADO, ES PROFESOR DEL GOBIERNO DE LA AUTONOMIA, PRESIDENTE DE MESA ELECTORAL, PRESIDE UN GRUPO DE TEATRO Y ACTUAN REGULARMENTE...Y ¿no está adaptado?
¡¡¡POR DIOS, SEÑORES!!! ¿ANTE QUIEN RECURRIR?
URGENTISIMO POR FAVOR...Gracias
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