Muy buenas a todos ; Esta semana santa pasada se ha producido una reunión de mancomunidad a la cual hemos asistido todos los presidentes menos uno.El administrador no ha querido que asistan propietarios en calidad de oyentes aludiendo que es reunión de presidentes.Todos los bloques menos uno se encuentran deudores,el administrador dice que es valida por que asisten el 100% de los presidentes.
Mis preguntas son las siguientes......el presidente que no asiste perece ser que dice, que lo represente otro pero de boquilla, no tiene que enviar su representación por escrito ?
Los bloques morosos , podrán hacer uso de su voto ?
Es valida la reunión y su toma de acuerdos ?
Como podemos actuar?
Les doy las gracias y espero su respuesta, muchas gracias.
- La representación ha de ser por escrito con la fecha para la que se da la representación y la firma (como mínimo del representado).
- Los bloque morosos tienen voz pero no voto
- Salvo que se impugnen, la reunión será válida así como sus acuerdos.
- Pueden actuar impugnado la reunión.
En el caso que usted cita, olvidese del administrador, asegúrese como están sus estatutos, si están bajo el nombre de una Comunidad de Propietarios, en cuyo caso, NO HAY MAS QUE UN SOLO PRESIDENTE.
Supuestamente, con arreglo a la nueva ley, se contemplan posible subcomunidades en una urbanización, en cuyo caso cabe el nombramiento de un presidente para cada una. Me choca cuanto dice, que "el administrador no ha querido......" y una mierda, ?quien se ha creido que es el administrador¿. Si el presidente no asiste, hay que nombrar en la reunión un nuevo presidente y quitar de en medio al anterio... no le entiendo cuando habla de presidentes. asistentes ? ?querrá decir de vocales o algo por el estilo¿.
Describa por favor como es tu tinglado.....
Hola buenas Damaot....gracias por su interés lo primero...
Le cuento mas amplia mente la situación tal cual..
Somos una comunidad de propietarios,con un presidente, y varias sub-comunidades con sus presidentes respectivos.
( El presidente de la mancomunidad es elegido entre los presidentes de sub-comunidades ).
Se nos cita para reunión en semana santa ,en la cual hacen costar los bloques deudores a la mancomunidad que son cuatro,el día de la reunión a la hora de las votaciones yo comento el dato de los bloque morosos que no tienen derecho a voto....el administrador, amparado por 4 presidentes presentes mas una representación ,( dicen, pero que no muestran que este debidamente firmada,no de palabra como creo que ha ocurrido ).dicen que la reunión y los votos son validos por que estamos el 100%100 de los presidentes...yo creo que no...
¿ ES VALIDA LA REUNIÓN Y LAS DECISIONES TOMADAS ?
Las votaciones todas fueron decididas por los votos de los morosos..así nos luce le pelo...
Esto es solo la punta del iceberg de nuestra comunidad...a partir de aquí viene mucho mas.
Les agradecco su atencion...y espero su respuesta GRACIAS.
No tengo la menor duda, que por las expresiones de su primer mensaje, su comunidad es una merienda de negros; el tema que nos ocupa no está en mis manos abordarlo, sencillamente porque no acaba de decirme que es lo que dicen sus estatutos; usted como propietario debe de conocerlos, supongamos que sus estatutos contemplan un presidente general que integra todo el gobierno de su comunidad, que supuestamente, podría ser contra le ley, a conveniencia de unos pocos, se ha realizado una modificación otorgando a grupos de la urbanización que tengan un representante, llamémosle Vicepresidente, o también , como usted denomina, subcomunidad; no nos ha dicho como están relacionadas las cuentas, si éstas están integradas en la contabilidad general o por contra , cada subcomunidad hace las suyas y como se conrelacionan con ciertos gastos abordables en todo el conjunto; debe pues definir ésta cuestión; para mí , este es un tema que rebasa mi interés, es decir, lo contemplado en la ley para su Comunidad, creo que aquí hay gente, que si quiere, puede ayudarle mejor; yo me ocupo generalmente de las formas y de los personajes que integran las Comunidades y ya de entrada, lo que cuenta la arrogancia y la oportunidad del del administrador convocando solo a unas personas , ya me huele a chamusquina y por supuesto, la no presencia del Presidente, también, que puede ser el pelagatos o el espabilado de turno ; todo me huele a cuerno quemado; le transmito más abajo el contenido de la ley modificada 8/2013 donde en el artículo 2 le puede dar una luz sobre la niueva conceptuación de las subcomunidades..... no lo tengo a mano ahora y de seguido lo paso, temo perder lo escrito. Saludos.
Esta es la dirección que debe de usted ejecutar;
http://www.comunidades.com/legislacion/comunidades/ley-de-propiedad-horizontal
Y.... se me escapaba; una de las tantas piruetas que organizan los administradores es realizar una convocatoria coincidente con las fiestas para que la poca gente que asista no moleste, entre otras que describo con frecuencia en esta web.
Y ojo; una de las normas que nuestra ley fija para las reuniones de propietarios para aprobación de temas, entre otras , 1º que estén bien reflejados en la convocatoria, que el administrador haga una lista de propietarios que no están al corriente de pago de sus cuotas, insisto, no solamente las que afectan al cierre de ejercicio sino las existentes hasta la fecha de reunión; todo esto para usted no será suficiente conocer si sus compañeros de propiedad no le asisten; pierde el tiempo. Así es nuestra ley que fija el régimen de mayorías para poder poner en regla los abusos..