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junta Constituyente

3 Comentarios
 
27/02/2004 23:35
puedo negarme a ser secretario de la comunidad debido a que no vivo, ni realizo ninguna actividad en la oficina que he comprado hace ahora 5 años, debido a que tanto mi trabajo como a que viajo constantemente no estoy en la ciudad, donde esta la finca que he comprado.
gracias



27/02/2004 17:14
Donce dice 25 propeitarios, debe decir la cuarta parte de los propeitarios.
27/02/2004 16:55
En una Comunidad de propietarios, bajo mi punto de vista, la Junta constituyente no debería de llamarse así. La Comunidad de propietarios se forma por ministerio de la Ley una vez que existe una copropiedad sobre algún bien. Ahora lo que deberemos hacer es formalizar esa Comunidad, convocando el promotor o quien esté legitimado para ello, (25% propietarios que representen 25% cuotas) a todos los miembros de la Comunidad y que esta designe los órganos de gobierno de la Comunidad y demás normas si fuere menester.
saludos
Junta constituyente
27/02/2004 10:26
Buneas mi duda es la siguiente:

En la Junta Constituyente se constituye formalmente la Comunidad de Propietarios??????

Puede constituir esta y por tanto acudir unicamente a dicha Junta, el promotor del edificio de nueva construcción, como unico propietario de los inmuebles del edificio??????????????

Muchas Gracias.