El procedimiento de incapacitación se encuentra regulado en los artículos 756 y siguientes de la LEC. Requieren de la asistencia de abogado y procurador y se sustancian ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar en donde resida el presunto incapaz, por los trámites del juicio verbal, siendo siempre parte del mismo el Ministerio Fiscal.
La declaración de incapacidad puede promoverla el presunto incapaz, el cónyuge o pareja, descendientes, ascendientes o hermanos del presunto, así como el MF.
El presunto incapaz puede comparecer en el proceso con su propia defensa y representación y si no lo hiciere será defendido por el Ministerio Fiscal.
En estos procedimientos es esencial la documental y pericial médica, se debe oir a los parientes más próximos del presunto incapaz y nunca se decidirá sin previo dictamen pericial médico, acordado por el tribunal.
En la demanda de incapacitación se puede solicitar el nombramiento de la persona o personas que deban asistir o representar al presunto incapaz así como que se atribuya la posibilidad de proceder a su internamiento, debiendo, en su caso, la sentencia que recaiga pronunciarse sobre tales extremos así como sobre la extensión y los límites de la declaración de incapacitación. Esta sentencia de incapacitación no impide que, sobrevenidas nuevas circunstancias, pueda instarse un nuevo proceso que tenga por objeto dejar sin efecto o modificar el alcance de la incapacitación ya establecida.
Si necesitas saber algo en concreto no dude en preguntar.
Muchas gracias amigo.
Si se incapacita a una persona, ¿cómo puedo saberlo? ¿puedo acudir al Registro civil?
Te comento el caso: tengo una amiga, señora ya muy mayor. Está hospitalizada y me ha contado que la asistenta social quiere quitarle sus propiedades, que le han quitado su dinero de las cuentas bancarias. Otra persona me ha dicho que ya la han incapacitado.
Si su amiga está incapacitada puede acudir al registro civil y solicitar certificación literal de su nacimiento, pues una vez firme la sentencia el Juzgado habrá mandado testimonio de la misma al Registro Civil a fin de inscribir la incapacitación
gracias. La historia es rocambolesca. Esa mujer (la llamamos MARIA) a mi no me habla porque discutimos, pero tiene un amigo llamado IVAN que tambien es mi amigo. IVAN trabaja de lunes a sabado todo el día y no puede hacer nada. Yo quiero ayudar a IVAN, ya que necesito dinero y el seguro que me puede dar una recompensa.
MARIA dice que la asistenta social le quiere quitar su patrimonio. El otro dia un hombre nosdijo que MARIA había sido incapacitada y que ahora estaba a cargo de ella la Generalitat Valenciana (la tutora será la asistenta se supone), pero tampoco me fio de lo que dijo ese hombre. Ese hombre es el portero del piso donde MARIA vivía de alquilada y nos dijo que había entrado la policia en su vivienda y que habian cambiado la cerradura, pero algo me huele raro.
Yo estoy viviendo en la calle, por lo que necesito ayudar a IVAN para ver si cae algo de recompensa.
¿qué me recomiendas?
¿cuando vaya al registro civil no me exigirán ningun documento para poder tener acceso a información de MARIA? Me refiero, ser familiar de ella, tener autorización...
En el registro civil le pedirán que exhiba su dni y para localizar la partida de nacimiento usted deberá indicar el nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento de la persona sobre la que solicita el certificado.
Si su amiga está incapacitada y a cargo de la Generalitat Valenciana el órgano encargado pudiera ser la Comisión Valenciana de Tutelas y Defensa Judicial de Incapacitado. También creo que existe una Comisión Valenciana de Tutelas y Defensa Judicial de Personas Mayores con Facultades y Capacidad Limitada, pero poco más puedo decirle de ellos.
En cuanto al hecho al que alude de que "había entrado la policia en su vivienda y que habian cambiado la cerradura" es posible, ya que afirma que vivía alquilada, que la hayan desahuciado y el propietario haya recuperado la posesión.
Pero entonces puedo obtener información acerca de esa persona?
donde están sus datos? donde vive o donde nacio?
No sé cómo va el tema,estoy perdido.
¿entonces no me exigirán que tenga un motivo para acceder a sus datos? es que en otro foro me han dicho que si que me exigirán.
Para obtener una partida de nacimiento lo único que le piden es que se identifique con su dni, pero antes usted tendrá que saber en que lugar nació su amiga para dirigirse al Registro Civil correspondiente y una vez allí tendrá que facilitar el empleado del Registro el nombre, apellidos y fecha de nacimiento de esa persona, porque sin ellos es imposible localizar esa información y esos datos se los debe dar esa persona.
Usted habla de "acceder a sus datos", pero una cosa es obtener una partida de nacimiento o información del Registro de la Propiedad y otra muy distinta es acceder a datos de informes clínicos o expedientes de incapacitación de la Generalitat Valenciana, que por la ley de protección de datos y como si usted se puede imaginar, no se los van a facilitar a un tercero si no cuenta con una autorización expresa, bien del interesado bien judicial.
cuando dices "su" no sé si te refieres a ella o a mi hablandome de usted...
sé de donde es la mujer. Sé su nombre y apellidos. con eso no va a ser suficiente?
gracias