Buenas noches. Por favor, necesito que me asesoren sobre un tema que tenemos pendiente mi pareja y yo.
Una exnovia suya se dedica a acosarnos, llamarnos al móvil, presentarse en nuestros puestos de trabajo, hacer guardia frente a casa, etc., el caso es que nosotros nunca la hemos denunciado porque pensamos que lo mejor sería pasar del tema y que se aburriese del asunto.
El día 4 de diciembre, a las 6.30 de la mañana, llamó al móvil de mi marido, desde un móvil que nosotros no conocíamos, llamó insistentemente y yo como estaba despierta ya que entraba a trabajar a las 7h, cogí el móvil y hice una perdida, me asusté pensando que a esas horas podría ser alguien que quería hablar con nosotros, ella siempre llama desde número oculto, nunca da a relucir su número propio.
El caso es que esa mañana se presentó en casa, y dijo que tenía una llamada nuestra en su móvil y que nos iba a denunciar por acoso. Esta chica no está normal, es problemática, pero el caso es que ese mísmo día se presentó en mi trabajo para avisarme de lo mismo y al final puso la denuncia.
Qué puede ocurrir???, la tenemos a finales de febrero. Qué podemos hacer????, vale una llamada perdida de unmóvil como acoso????.
Gracias. (ni si quiera hablamos con ella por el móvil)
Una llamada sin más no significa nada. Si ha presentado denuncia os darán traslado de la misma y entonces podréis aportar las pruebas que estiméis oportunas. Aunque llame desde un número oculto, según parece, vosotros sabéis cual és, aunque es conveniente que el juzgado averigue si tiene más de uno y las veces que os ha llamado o enviado mensajes.
También aportar si tenéis, algún testigo de que va a vuestro trabajo.
LO vuestro no va a parar hasta que no presentéis denuncia contra ella.
Entonces, podemos estar tranquilos, porque ella tiene la llamada desde el número de móvil de mi marido, pero claro, sólo una llamada, ni siquiera llegamos a hablar con ella.
No tenemos pruebas, porque las llamadas las hace desde número oculto, y no te dan desde movistar la identidad de la persona que llama (ya lo preguntamos hace tiempo), y testigos,mi marido va como denunciado y yo como testigo, cree que debería ir alguien más?.
Por cierto, no tenemos abogado, queremos presentarnos los dos y ya está, no hay problema en eso verdad?.
Sí, la siguiente vez sí pondremos una denuncia, porque esto ya ha sido la gota que ha colmado el vaso.
Presentar denuncia es fácil, lo difícil es poder demostrar que unos hechos son ciertos, sobre todo cuando no existen. Una simple llamada en un móvil sin más, ni tan siquiera conversación no es indicativo de nada.
Hay que ver en qué consiste la denuncia, dudo de que se haya alegado tan solo esa llamada. Lo más probable es que se haya aportado algo más.
Cuando se realiza una llamada con número oculto es porque es susceptible de ser identificado, es decir, no se ha hecho desde un medio que puede ser utilizado por una generalidad de personas, por ejemplo: cabina de teléfono.
Esas averiguaciones se deben de solicitar al Juzgado. Si tenéis los números de la ex, debéis aportarlos como posibles números desde los que se realiza la llamada oculta y a ser posible día y hora. Por supuesto, debe de haber habido diálogo.
Deberíais de haberla denunciado cuando se presentó en vuestra casa.
Váis a declarar o a juicio?.
Di que fuiste tú quien hizo la llamada, no tu marido. Que se trató de un error, que pretendías llamar a otra persona y cuando te diste cuenta habías marcado otro número por lo que cortaste inmediatamente la comunicación sin hablar con nadie.
No digas nada más, es lo mejor.
No sabemos cual es su número, por eso yo devolví la llamada, porque no tenía ni idea de que era ella, era lo que menos me esperaba.
Vamos a juicio. Eso es malo????.
Uffff, es la primera vez que me veo en algo así y estoy algo nerviosa. Sé que teníamos que haberla denunciado, pero por no meternos en cosas de estas con ella, al final... salimos nosotros perdiendo.
Por lo que tú cuentas no debería haber ni juicio. Realizar una llamada, a la hora que sea, no es ni delito, ni falta, ni infracción alguna. Distinto sería si los hechos se repitieran a menudo. Si sólo es eso lo archivarán y si no lo archivan y tenéis un juicio, sí, estaréis en la misma sala y os veréis y si hay condena suele ser una pequeña multa, pero ya te digo que lo veo improbable.
Además, tendrás ese mismo número con una llamada entrante que avala tu versión.
Si vais a juicio entrarán primero denunciante y denunciado, después pasan los testigos. Tan solo hay que decir la verdad siempre y cuando, los hechos sean tal y como los relatas, todo ello porque sino, tiene que estar todo muy atado para no entrar en contradicción, ya que el testigo no sabrá lo que se habla en la sala.
Sigo pensando que debe de haber algo más en la denuncia. Cuesta poco ir y comprobarlo en lugar de estar aquí con adivinanzas.
En la denuncia pone ACOSO, pero vamos, que acoso es al contrario, el que estamos sometidos nosotros eso sí es acoso.
Se ha acercado hoy mi marido al juzgado y le han dicho que no hace falta que llevemos abogado ni nada, que sólo va a ser para exponer los hechos y ya está.
No sé si además de la llamada dirá algo más, lo ignoro.
Sin llegar a preocuparse, yo no lo veo tan sencillo. Supongo que será un juicio de faltas porque no es preceptivo el abogado, pero no sé, creo que tu marido debería de haber visto en qué consiste la denuncia (leerla) para no llevarse sorpresas y aportar si es preciso algo en su defensa, pero ir sin saber cuál es el contenido de la denuncia es arriesgado.
Tu declaración como testigo a favor de tu marido no le aporta muchas garantías, está prácticamente solo.
Si sólo hay esa llamada, ya te comenté que lo mejor era que reconocieras haberla hecho tú, no él, explicando las circunstancias como las has explicado aquí.
Lo que yo no veo tan claro es que le hagan citado para unas diligencias previas, si no recuerdo mal no se suelen hacer cuando se trata de faltas.
Si no hay nada más que no nos hayas contado quedará en nada.
Comentas que tienes a finales de febrero la citación a juicio de faltas, yo me personaria en el juzgado y miraria que es SU DERECHO todo lo que consta en el expediente.
Acorde a eso actuaria en consecuencia.
Me extrañana mucho que SOLO por una SUPUESTA LLAMADA PERDIDA el juez admita a tramite y más en los tiempos que corren.
De buena fuente se, que ha recibidio estrictas indicaciones de no admitir nada a tramite que pueda impedir el flujo normal de una JUSTICIA NORMAL debido a la situación de crisis y de la demoras que existen en los juzgados.
Mi marido fue y le dijeron que el día 28 tenía que estar allí con los testigos que considere oportuno, sin abogado, y que era un una citación oral (no sé si se dice así).
Pone en la denuncia ACOSO, ella, cuando fuimos a comisaría, el policía nos dijo que había contado que mi marido la acosaba, que la perseguía y la llamaba, no sé si puede ser algo de esto, y la prueba que ella aportó allí en comisaría fue la llamada.
Puede que sea por esto por lo que nos citan. Supongo que será por esto.