¿Llamaste a esa persona con número oculto?. De verdad, no me cuadra nada y estás dándonos la información a medias. En principio, si es un servicio de baja, te tendría que haber llamado ella y tu no tienen porque llamar a una clienta, por tanto, si la llamaste resulta algo sospechoso.
Tampoco nos dices si la denuncia va contra tu teléfono particular o el de la empresa.
En todo caso, como solo sabemos "media película" voy a decirte lo que puede suceder según sean las circunstancias:
1. Si no la llamates (estrictamente, si nadie la llamó desde tu teléfono), está claro que no puede aparecer tu número de ninguna manera. Esto es obvio, no entiendo porque dices lo de "de aparecer mi número, por un casual..."
2. Si tu la llamaste, aunque el número sea oculto, esto no quiere decir que nadie sepa el número. Número oculto significa que el teléfono receptor no lo muestra, pero desde luego es posible rastrear la llamada y averiguar el número de abonado desde el que se realiza la llamada, aunque pongas número oculto las operadoras saben realmente quien llama (haber sino como iban a cobrarte).
3. Si la llamates pero no la insultaste, me remito a lo que dice Julio70, es ella la que debe probar los insultos y no se puede probar la existencia de algo que no existe.
4. Si la llamaste y la insultaste, pues todo dependerá de que ella pueda demostrar que fue así.
si no lleva pruebas, todo es palabra contra palabra, eso no quiere decir que no se pueda probar,el juez estimara que le parece mas creible y si el testimonio unico es prueba suficiente..
pero le insultaste o no??? porque matematicamente es imposible que tenga pruebas verdaderas de insultos si no le insultaste; este es un foro anonimo, nos puedes decir si le insultaste o no, todo el mundo pierde los nervios alguna vez...
Me parece muy extremo que si no le insultaste se invente una grabacion y una pelicula entera para un juicio de faltas; sinceramente....aun asi tu preocupacion deberia ser muy poca porque si no le insultaste y lleva una grabacion sabes 100% que es falsa (y él sabe que tu lo sabes), asi que cualquier perito lo podra comprobar.
Si le insultaste ya es otra cosa; y depende de si fue un insulto solo, fueron varios, fue durante mucho tiempo etc...nos podrias dar mas detalles??
Ayer se celebro un juicio de faltas en el que fui denunciado por llamar a una persona con numero oculto insultandola, segun ella: La unica pregueba que a presentado es un extracto de todas las llamadas que recibio ese dia en su movil. Mis preguntas son:
1-Si la llamaron con numero oculto como dice ella, esos salen en el extracto que le ha dado su operadora movil?
2-De aparecer mi numero por algun casual, puede justificar que en esa llamada Yo la insulte.
3-Segun las pruebas que ha presentado y Yo habiendolo negado todo, cual creeis que sera la resolcin del juez?
1. ¿La insultaste? si no es así, no se me ocurre como manipular la grabación para hacer ver que si que la insultaste (manipularla de forma casera, quiero decir, no creo que vaya a molestarse en nada más)
2. Si la denuncia que recibiste era en el ejercicio de tu trabajo ¿La empresa no se involucra de ninguna manera?
3. No soy quien para poner en duda lo que afirmas pero, siendo un servicio de baja ¿no se graban las conversaciones para dejar constancia de la petición de baja?, de verdad que eso me extraña mucho, yo he trabajado en el sector y eso si que me ha sorprendido.
Gracias a todos por vuestra ayuda
Tengo varias dudas, espero me sigais contestando:
1º Mi empresa no graba las conversaciones, asi que cualquier grabcion que presente la denunciante pude estar trucada, realmente son pruebas contundetes para condenarme cuando todo fue por telefono?
2º Preguntaba que si el insulto se considera falta leve, grave o muy grave?
3º Podria recurrir la sentencia una vez me llegara, como y cuando deberia hacerlo?
4º Te pueden obligar a pagar costas, cuanto serian estas?
Contestando a Malizzia te dire que la denunciante llamo a a empresa quejandose demi actuacion con ella, y legalmente le tuvieron que facilitar mis datos. En nuestro trbajo solo estamos obligados a dar nuestro nombrey primer apellido.
Si a ver, lo que yo quiero decir es que creía entender que aunque un interlocutor no diera su conformidad ante una grabación, al menos debía estar avisada.
Así al menos se nos ha comunicado muchas veces en ese gremio de telemarketing.
¿Y sin DNI ni nombre completo pueden denunciar?
Siempre que una persona participe en una conversación, podrá aportarla como prueba, sin necesidad de solicitar el permiso de su interlocutor para proceder a su grabación. No podemos olvidar que está aportando dicha grabación para defenderse y no para causar un mal a otro.
Sin embargo, es cierto que mucha gente cree erróneamente que es necesario pedir permiso para grabar una conversación en la que están participando, pero se equivocan!!!
Si ese denunciante no preavisa a este chico teleoperador, ¿se admite grabación?
Pensaba que el dneunciado debía tener constancia de que se estaba grabando.
Javi, pídele a tus cordinadores la grabación de esa llamada.
Personalmente Javi, te diría que no asistas al juicio porque te va a salir más caro el viaje que la multa.
He trabajado en tu gremio y posiblemente en tu misma empresa.
¿Cómo es posible que te haya denunciado sin número de Dni? ¿Le diste tus dos apellidos? ¿No se tendría que denunciar a la empresa?
-Con grabación en soporte original me refiero a que hay que aportar el dispositivo en que se grabó inicialmente, es decir, movil, grabadora, etc. y no solo una copia en un cd, ya que ésta debe ser contrastada con el original para evitar que se produzcan grabaciones parciales, cortes, etc.
1º.-De nada servirá que aportes pruebas por escritos si luego no vas allí a ratificarte en ellas. Si quieres dar tu versión de los hechos debes asistir a la vista oral, aunque entiendo que en este caso es más gravoso el desplazamiento que la posible multa a la que puedan condenarte.
2º.-Sí, los testigos podrían ser falsos, sin embargo, detectar incoherencias e inexactitudes en sus declaraciones es tarea del juez. En cuanto a la grabación, sino se aporta en el soporte original en que se gravó y no está entera, no será admitida por ningún tribunal.
3º.-Las multas se imponen por un sistema llamado días-multa, que supone atribuir una cantidad de dinero a cada día. Por una falta injurias la pena prevista por el código penal es de multa de 10 a 20 días, dependiendo de la gravedad que aprecien juez y fiscal. El valor de cada día se decidirá en función de su capacidad económica, la cantidad mínima es de 2 euros, pero lo más habitual es que pongan 6 euros diarios. Si usted no asiste al juicio no podrá acreditar cuál es su capacidad económica.
1º. Yo soy de Sevilla y el juicio es en La Coruña, puedo alegar prubas en mi defensa por escrito en este caso?
2º Los testigos que presente la denunciante pueden estar compinchados con ella y la grabacion tambien puede estar manipulada por ella, crees que esas pruebas las admitira el juez?
3º Por ultimo, de que depende la cantidad y dias de multa que te pongan, con un sueldo de menos de 900euros que tengo que maximo te pueden poner diarios?
Espero que me sigas dando concejos, gracias de antemano y saludos.
1.-Si no se presenta y el denunciante sí, perderá la posibilidad de defenderse, no sirve ningún escrito.
2.-En estos casos las pruebas que puede presentar la denunciante, pues desde testigos, si utilizó el manos libres, grabación de la conversación y no sé si alguna más que en este momento se me escape.
3.- En los juicios de faltas no existen costas por lo que no deberá pagarlas.
En cuanto a la sanción que puedan imponer, probablemente una pena de días multa, hasta un máximo de 2 meses, y la cantidad puede variar entre 2 y 400 €, dependiendo de su capacidad, en mi ciudad, habitualmente suele estar entre 6 y 10 € diarios.
Hola a todos: Me gustaria pediros vuestra ayuda. Os cuento: Trabajo de Teleperador en el servicios de baja de una compañia telefonica. El dia 24 de Mayo me llego a mi domicilio una denuncia de un cliente que vive en la Coruña, por que alega que le insulte y me nege a darle de baja. El dia 24 de Junio tengo el juicio en La Coruña, pero Yo soy de Sevilla. Mis preguntas son:
1- Tengo que presentarme personalmente en el juicio o basta con que mande un escrito alegando en mi defensa?
2- En estos casos que pruebas puede presentar la denunciante?
3- En caso de perder el luicio que sancion me pueden poner y si tengo que pagar las costas del juico?
Espero que me ayudeis, estoy bastante preocupado. Gracias y saudos.