Es que no sé que parte eres. Pensaba que eras la empresa y parece, por lo que dices, que eres el trabajador. Si eres el trabajador sólo podrás deducirte la parte que mencionas, si eres la empresa podrás deducirte como gasto la totalidad de los honorarios del abogado.
en la declaracion de la renta , en la casilla 013, dice
gastos de defesa juridica derivados directamente de litigios con el empleador (maximo 300 euros anuales)..... con este concepto no podré deducirme este importe de 7600€
gestoria abalo, muchas gracias...pero me han comentado que en la declaracion de la renta de esta cantidad, solo me puedo deducir 300€.
es correcto?? y no los 7600€
Se trata de un gasto deducible en su totalidad puesto que se encuentra vinculado a la actividad económica desarrollada por la empresa. Para asistir al juicio fue necesario contratar los servicios de ese profesional. Se debe justificar con la factura por supuesto.