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Juicio verbal

2 Comentarios
 
Juicio verbal
19/03/2012 20:29
Buenas noches! He designado los testigos para una vista verbal, y me he recibido notificación de q al formar parte de la empresa que represento son parte y que con llevarlos el día de la vista es suficiente. Mi pregunta es, los puede interrogar la otra parte? y si yo quiero interrogar a la otra parte si no la he nombrado de testigo? gracias!
19/03/2012 21:09
Viendo también este segundo mensaje, creo que debes repasar un poco la LEC.

Me imagino que lo que tú llamas testigos de la empresa que defiendes (no representas) debe ser algún LR y por tanto no puedes pedir que se le cite. Por supuesto que lo puede interrogar la otra parte. En cuanto a tu última pregunta, a la otra parte no la citas como testigo, sino para interrogatorio de parte (antigua confesión en la LEC 1881). Otra cosa es la interpretación que hagan en ese Juzgado de la necesidad de aviso previo de que será propuesto en el acto de la vista para tenerlo por confeso si no se presenta. Esa parte aún tiene tantos criterios como Juzgados.

Te reitero lo primero: repasa un poco la LEC
23/03/2012 17:37
Si has nombrado a personas que trabajan en la empresa la que representas pero no son representantes legales de la misma, acudirán a la vista como testigos pero te comprometes tú a llevarlos ese día. Si nombraste a algún Representante Legal de la empresa, entonces será interrogatorio de parte.
En cualquiera de los casos, la otra parte podrá formular las preguntas que considere oportunas y que el Juez/Jueza no considere impertinentes.

coincido con Edulex en que debes repasarte la LEC