En un juicio verbal, entiendo que las partes tieien derecho a ver y pronunciarse sobre los documentos presentados de contrario. ¿Es aplicable a los juicios verbales el artículo 427? Si no se nos permite ver los documentos presentados de contrario ¿se puede pedir claramente la nulidad de actuaciones, maxime cuando solicitando en la vista ver esos documentos la juez se negara a ello?
Si son los documentos anexos a la demanda, ya te han dado traslado de ellos para que te puedas defender en la vista. Si son posteriores por no haberse podido presentar con aquella -dentro de los motivos tasados por la LEC- se crearía una situación de indefensión si no se permitiera verlos, ni tener la posibilidad de atacarlos desde un punto de vista formal y/o respecto a su contenido. Ese proceder de la juez es nulo de pleno derecho.