Hola a todos
Tengo un juicio el jueves, verbal de reclamacion de cantidad. Yo represento al demandado que lo fue en monitorio. Nos opusimos en su dia, alegando prescripcion de la accion. Nos reclaman unas facturas por haber hecho unos pozos que son de abril de 2003. Creo que se aplica el plazo de prescripcion de 5 años del articulo 1966 del codigo civil pero no estoy segura porque la doctrina no es unánime. Mi cliente dice ahora que reconoce una de las facturas y que esta dispuesto a pagarla. Puedo modificar en vista lo que he dicho en el escrito de oposicion al monitorio? puedo allanarme en esa factura y seguir manteniendo la excepcion de prescripcion y la oposicion al resto? cuando prescriben las facturas? es urgente, ayudadme por favor. Gracias