pinto 2014: si se puede, aunque ignoro si hay un modelo oficial. El problema es que eso no le sirve para nada, porque la concilación no puede nunca dar lugar a ejecución. Quiero decir que si el inquilino no paga los 15 euros tiene que iniciar otra demanda. La conciliación no sirve para cobrar.
Probablemente lo mejor sea un monitorio, pero dudo que se lo admitan por motivos procesales.
Lo siguiente sería un juicio verbal.
Pero algunos Juzgados le dirán que por tratarse de un arrendamiento el tipo de procedimiento adecuado es el Juicio Ordinario.
Lo más probable es el Juicio Verbal, pero no sé si en los Juzgados tiene un modelo. Además la tramitación es simple, pero si no sabe derecho le aseguro que no va a poder hacerlo por sí mismo.
En fin: así estamos en este país.
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Se puede presentar una demanda de conciliación ante un Juzgado de paz por la reclamación de una cantidad pequeña de dinero, pongamos, unos 15 euros por el impago de un consumo de luz en un arrendamiento?
¿Habría algún modelo oficial?
Es evidente que contratar un abogado por este importe sería ilógico. Gracias
Dudo que se pueda, pero en todo caso tendrías que haberlo solicitado. Ahora ya no se puede. Tendrás que esperar al mismo día del lanzamiento y realizar esa inspección.
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Muchas gracias por la respuesta.
Sólo una cosa más que no sé si está permitido hacer, y es el solicitar en la Vista, que se permita a mi representado (demandante) entrar en la vivienda para ver el estado de la casa, junto con un perito. Han debido de hacer obras ilegales y sin licencias y quería saber si es posible pedir eso al juez (antes del lanzamiento)... Y si se hace después de la prueba....
Isabel77: se puede interrogar a todas las partes, el problema consiste en que tú no puedes llamar a declarar a tu cliente. Tiene que ser la parte contraria la que lo haga. Si lo hace, entonces tú tienes también el derecho a preguntarle, pero sólo si la parte contraria pide el interrogatorio.
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En una vista de un juicio verbal de desahucio, en le que ha habido oposición, además de prueba documental se interroga a las dos partes, o sólo a la demandada?
Gracias