Un amigo tiene proximamente un juicio rápido porque un compañero de trabajo le robo en un momento dado.Mi amigo se encuentra de baja por depresión y se ha aportado al juzgado los informes médicos .En el juzgado aconsejan que no llevemos abogado, pues será el fiscal el que reclame los daños morales, materiales, lucro cesante...Queríamos tener alguna opinión más , de como funciona un juicio rápido y si realmente esto es así.Gracias.
Hola tengo una pregunta..hace un par de dias puse una denuncia a mi ex pareja por malos tratos y por tenderme una trampa junto con su pareja,los cuales me amenazaron si contava algo de lo sucedido..yo puse una denucia e incluso me an dado la opcion de una orden de alejamiento..otra cosa es k el juez me la acepte..el tiene el juicio esta tarde,tengo miedo de que tome represarias y me haga mas daño,puede retirar la denuncia?Gracias
Pues si es delito puede pedir un abogado de oficio, si te han dicho que no lo busque es porque es un afalta, es decir, una falta de hurto, porque l robo sp es delito; pues no, o merece la pena contratar abogado pa que te salga más caro el cllá que el perro,
bugi
El jucio rápido puede ser, por delito o por faltas; un juicio rápido tiene unas especialidades que no afectan al fondo del asunto, sino a la forma, son cuestiones de orden procesal, es decir, que no merece la ena que te comas el coco,
Hola Sabina:
Se trata de un procedimiento abreviado y en principio se va a juzgar como delito. Mi duda es si en el juicio rápido , si el perjudicado puede reclamar a través del fiscal(lesiones) o sería el propio perjudicado el que tiene que reclamarlo el dia del juicio,
Gracias