La conformidad con la pena solicitada por el Fiscal puede hacerse tanto en el Juzgado de Guardia como en el Penal. Lo malo es si tus clientes no quieren y van a juicio. Debieras explicarles detalladamente las consecuencias de todo ello.
Tengo día para la celebración de juicio rápido, y los clientes no quisieron conformarse en el Juzgado de Guardia.
No tengo ninguna prueba para poder negar los hechos, sólo es su palabra.
¿Antes de entrar a juicio, puedo intentar convencer a los clientes que se conformen, y hacer algún tipo de conformidad, o ya no se puede?