Si no hay conformidad, se hace una comparecencia en la que se refleja, se decreta la continuación del procedimiento, el fiscal presenta escrito de acusación generalmente por escrito, se apertura el juicio oral y se concede a la defensa el plazo (generalmente de cinco días que es el máximo) para que presente escrito de defensa, que deberá dirigir al Juzgado de lo Penal (no al de instrucción, ojo). Si quisieras que por el Juzgado de Instrucción se llevara a cabo la citación de algún testigo sí que podrías pedirlo por escrito.
En el mismo acto se señala por el Secretario día y hora para la celebración del juicio. Lleva tu agenda por si tienen a bien preguntarte antes de señalar, que es lo que deberían hacer.
De todas formas, debes intentar hacer psicología con el cliente si realmente la cosa pinta muy mal; sólo va a conseguir retrasar la condena, y esta será superior a la que tendría conformándose.
Buenos días compañeros,
Mañana tengo mi primer juicio rapido por quebrantamiento de una orden de alejamiento y voy un poco perdida. Yo llevo al denunciado y resulta que ya tiene otros quebrantamientos por lo que la cosa pinta muy mal. Además no creo que quiera conformarse. Entonces yo que debo hacer? Cuando el fiscal oralmente haga su acusacion yo puedo pedir un plazo para presentar un escrito de defensa? Entonces me señalaran para otro día, verdad? Es que me leo la LECRrim y no acabo de verlo claro.
Gracias