Buenos dias
Mi duda es que el EVI me dio alta después de haberme concedido una prorroga de seis meses. Durante este mes que he estado en prorroga no he tenido ninguna mejoría ya que hace tiempo se me suspendió el tratamiento de rehabilitación.Ahora dicen que como NO recibo tratamiento no pudo seguir de IT y me han dado el alta sin iniciar expediente de Incapacidad Permanente.
Mi pregunta es si tienen obligación de darme el alta iniciando proceso de incapacidad o me pueden dar el alta sin que halla tenido mejoría alguna y tener que ponerme a trabajar?
Pregunto esto porque ayer tuve jucio contra la SS y la defensa de estos fue que como no recibia tratamiento alguno se me dio el alta y mi abogado dice que su obligacion era darme el alta con propusta de incapacidad permanente ya que desde la prorroga hasta la fecha de alta no ha habido ninguna mejoria.