Tenemos un bar alquilado que, tras duras negociaciones con el administrador y el propietario, queremos traspasar. En Abril recibimos un burofax en el que nos reclamaban el dinero que adeudábamos (4 meses) o si no nos enviaban a juicio. Fuimos a abonar 2 meses, ya que por nuestra situación no disponíamos de más dinero, y quedamos en que iríamos poniéndonos al corriente
de pago. En Octubre recibíamos una citación del juzgado para reclamar lo pendiente o sino se procedía al deshaucio, la documentación adjuntada contenía copias de recibos ya pagados. Para evitar males mayores, con ayuda de la familia, hemos liquidado todo lo pendiente, estando al corriente de pago, antes de la fecha de juicio. Mi pregunta es: ¿pueden reclamarnos los gastos de abogado y procurador por parte de la propiedad por habernos enviado a juicio?
Gracias.
Hola Josefine. La verdad es que depende de cada JUzgado ya que la Jurisprudencia en los casos de enervación NO es pacífica. De todas formas en el Auto de Enervación dictado el Juzgado que conoció del asunto debe constar si se le imponen a usted o no las costas procesales.