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Juicio por impago de alimentos.

9 Comentarios
 
29/07/2010 09:48
Hombre;emigrante,a vamos a ver,si tu vas a un juzgado a pedir informacion,porque no sabes que pasos tienes que dar y te dicen que pongas una denuncia en la comisaria...si no tienes otra idea...¿no lo haces? vamos a ser coherentes y sobre todo,empaticos,se que sabes mas que yo,por eso te he preguntado...pero eso no significa que yo sea tonta,considerame tan inteligente como tu.
Se que una denuncia no es tonteria,y si,sinceramente la puse para adjuntar al tramite de turno,porque no me daban ni una ayuda...Y ahora no trabaja,pero estamos hablando de doce años,durante los cuales,en alguna ocasion habra trabajado...vamos digo yo,que si se puede vivir sin trabajar,que me diga al menos como hacerlo...Muchas gracias pr tu respuesta y un abrazo.
28/07/2010 23:08
Hola:

Rosealam, al interponer la denuncia usted está solicitando acciones penales y de hecho si su ex no pagó pudiendo pagar será condenado, si es la primera vez no ingresará en prisión aunque se le condene a un año de cárcel. Es más, aunque retire la denuncia cabe la posibilidad de que el Ministerio Fiscal continúe con la misma, dado que este está obligado a defender a su hijo, podría continuar el proceso de oficio.

La pensión de su hijo está garantizada mediante sentencia judicial donde se establece la misma si no la paga porque no tiene ingresos no es delito, si trabaja y puede pagar es delito. Denunciar se debe denunciar con el conocimiento pleno de las consecuencias de la denuncia no porque le digan que debe de llevar una denuncia por impago de pensiones para cobrar prestaciones sociales, una denuncia es mucho más serio que pedir una partida de nacimiento para incorporarla al trámite de turno.


Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
28/07/2010 22:45
Nononono,primero,yo no sabia que al denunciar en la comisaria,el podria ir a la carcel,a pesar de que mi hijo no le ve,no tengo ningun interes porque le pase eso...
El tema es que no hay posibilidad alguna de que se le de a mi hijo una pension,el lñe llego a decir a la abogada que me llevo el divorcio que renunciaba a su hijo pra no pagar...no os digo nada...pero yo no quiero que vaya a la carcel,eso desde luego.
28/07/2010 21:18
Hola:

Rosealam, coincido con Katia que la vía más recomendable si se quiere cobrar lo adeudado es la civil, mediante demanda de ejecución de sentencia, pues si trabaja o tiene propiedades le van a embargar por el monto de lo adeudado, el acumulado en los últimos 5 años, más intereses legales. En la vía penal no se consigue el pago de lo adeudado sino una acción punitiva, es decir una multa o una pena de cárcel que además, esta última, si es la primera vez, no supone ingreso en prisión. Aparte de que el ingreso en prisión no proporciona ingresos económicos sustanciales al penado.

Como le indica Katia, usted deberá apersonarse en el juicio, de ser citada, con o sin abogado, como denunciante/acusación particular y el fiscal actuará en representación de su hijo como acusación pública. Para personarse a juicio deberá ser citada al mismo. Como no ha recibido citación lo normal, es el procedimiento normal antes de llegar a juicio en estos temas, es que hayan citado a declarar a su ex en relación a esa denuncia, si se observara dolo a partir de la declaración que haga y las pruebas que aporte su ex, se procedería a juicio, en caso contrario no habría juicio y se desestimará su denuncia. En caso de haber juicio y ser declarado culpable le puede caer una pena, a su ex, de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, simplemente, el juez en penal no va a decretar embargo alguno cuestión que es propia de lo civil.

Aunque la vía penal no sea la más efectiva usted tiene perfecto derecho a recurrir a dicha vía y nadie le puede reprochar nada, son sus criterios tan dignos de respeto como cualesquiera otros.
En mi opinión, una vez interpuesta la denuncia no suele ser aconsejable retirarla, a menos que pueda argumentar con razones de peso. El juez no va a pensar que es una denuncia falsa, a lo sumo determinará la no existencia de dolo, cuestión esta que usted no puede saber, y archivará la denuncia.

En cuanto a las comunicaciones con su suegra, evítelas y menos si son llevadas en los términos que relata pues su ex suegra no tiene ningún derecho a requerirle que retire esa denuncia. Coacción es probable que no exista, ha de mediar violencia de por medio, como menciona José Ramón, antes que el delito de coacción se suele presentar más, como elemento previo a la coacción, el de amenaza, puede ser más probable, ese si no retiras la denuncia te va a caer un tiesto en la cabeza. La amenaza supone el condicional “si...” seguido del augurio de algún mal. Quedan excluidas las advertencias legales.

Usted ha decidido ejercer acciones legales en defensa de los derechos de su hijo, nadie se lo va a reprochar y no está cometiendo acto ilegal alguno, al contrario. Y es criterio de cada quien o cada cual utilizar todos los recursos legales a su alcance, ya sean penales y/o civiles. Es recomendable que ejerza acción paralela en civil, mediante demanda de ejecución de sentencia, necesitará de los servicios de abogado y procurador, si no puede pagarlos y si sus ingresos no superan, como requisito básico, aunque con excepciones, los 14,918.28 euros de ingresos anuales podrá solicitarlos de oficio con cargo a Justicia Gratuita.

Como en cualquier tema legal, que también lo apunta José Ramón, el intento de acuerdo previo, y serio, es siempre mejor que ir a mayores.

Y como le comenta Ivan7, de existir, no se deje amedrentar por coacciones o amenazas.

Salvo mejor opinión.

Un cordial saludo
28/07/2010 20:25
ivan7, considero que lo que hace la suegra es únicamente solicitar que retire la denuncia, no coacciones, ya que no narra que condicione algún derecho de la madre a la retirada de la denuncia.

Lo que sí está claro es que no puede decir que interpuso la denuncia fraudulentamente, que recibío el dinero cada mes y a pesar de ello denunció falsamente, si puede decir que la retira sin mas o que la retira ya que llegaron a un acuerdo para el pago de los atrasos, cuestión que es a valorar si llegar a ese acuerdo ya que la denuncia, si es que el padre no paga porque no quiso, teniendo recursos, puede suponerle pena de privación de libertad (carcel) y si debiera ingresar no podría pagar igualmente.

Si lo que pretende es cobrar, por vía penal no lo asegura, puede llegar a un acuerdo a cambio de retirar la denuncia y presentarlo en el juzgado para detener la denuncia. O en caso contrario reclamar por vía civil, con abogado y procurador, con lo que asegura el cobro, incluso con embargo de nómina y bienes.
28/07/2010 19:32
Lo que esta haciendo tu ex-suegra se llama coacción y es denunciable.

Podría ser que esa citación que ha recibido tu ex no sea para juicio sino que le han notificado que has puesto una denuncia por impago de pensión y le llamen a declarar sobre la denuncia.

Acercarte a los juzgados y que te informen de como va el tema y si es cierto que ya hay fecha para el
juicio,aunque yo creo que no

Y sobre todo no te dejes intimidar

Un saludo
28/07/2010 18:36
buenooo...estaba esperando una respuesta y resulta que no se ha publicado la mia...
Gracias Katia,eso pensaba yo,pero no he recibido citacion alguna,eso es lo que me extraña...
Si denuncie en la comisaria es porque en los juzgados de plaza castilla asi me lo recomendaron,indicando al mismo tiempo,que si no denunciaba,yo tambien estaba cometiendo un delito,por no hacer que se cumplan los derechos de mi hijo...
La madre de mi ex,me ha llamado para que retire la denuncia o diga que es mentira y que me ha dado dinero siempre...
Me parece injusto eso,y ademas...¿no me meteria en un jaleo,si pensara el juez que es una denuncia falsa?
28/07/2010 18:36
ah,perdon,es que el juicio es en septiembre en Julian Camarillo...
28/07/2010 14:10
Hola rosealam,
Usted deberá acudir al juicio como acusación, si va con abogado particular éste ejercerá la acusación particular y el fiscal la acusación pública, si usted no lleva abogado particular el fiscal será quien ejerza la acusación.
En cuanto a que pueda pasar si no paga, no podemos preveer lo que vaya a suceder, no sabemos si el no pago es porque no quiere o porque no puede, en éste último caso no habría delito; si el no pago es voluntario y así se demuestra será condenado.

En mi opinión para el pago de pensiones de alimentos es preferible la vía civil sobre la penal, ésta normalmente va a dificultar los pagos, si el imponen sanciones económicas o incluso penas de privación de libertad.

Un saludo,

Juicio por impago de alimentos.
28/07/2010 13:59
Buenos dias...
Tengo un hijo de 15 años y estoy separada fisicamente desde que el niño tenia 3 y legalmente desde el 2006.
El padre JAMAS ha pasado nada por él.
Hace tres años,decidí denunciarle ya que con la denuncia tenia opcion a que me diesen alguna ayuda para poder mantenerle,pero...buieno,eso es otra historia.
Hace poco me ha llamado su madre diciendo que tiene una citacion para ir a juicio y que le han asignado un abogado.
Yo no sé absolutamente nada...¿es normal?
la denuncia la puse en la comisaria,ya que habia solictado una abogado ni tenia dinero en ese momento para pagarlo...
Con lo cual,la duda es...¿no tendria que ir yo al juicio?
Si no paga lo que debe...¿que pasara con el?