Hola compis! os informo de como van transcurriendo las cosas; hoy he tenido la vista y sorprendentemente ha ido el cliente osea que se ha celebrado, el que no ha asistido es el acusador pero ya sabes el fiscal para adelante! estoy contento dentro de lo que cabe no hemos hecho mucho el ridiculo,le piden 2 años de prision y me parece que la condena no varia
Si tiene antecedentes no susceptibles de cancelación, olvídate de la suspensión.
La sustitución en condena de dos años, aunque posible, requiere circusntancias excepcionales; si hablamos de un vagabundo que no va a poder pagar la multa, tampoco te la van a dar.
La pena es de dos años justos, no inferior por lo que cabria suspensión, no? lo que no entiendo es lo que dice maicavasco de que pida la suspension en el informe final y no antes, tendria que pedirla antes de que se celebre el juicio, no?
sustitución dificilmente porque tiene antecedentes penales.
Mi opinión, respecto a todo lo dicho, que me parece acertado, es solicitar en fase de informe la suspensión de la pena y subsidiariamente la sustitución, para el caso de celebrarse. Saludos.
Lo que dice Anafer es correcto; todo se hace igual, siempre que haya sido citado y la pena inferior a dos años; aunque con el delito que mencionas difícilmente la petición del fiscal será inferior a esos dos años, por lo que se debería suspender.
Si la petición es inferior, tampoco está de más que conste en acta que tú solicitas la suspensión por considerar imprescindible el interrogatorio del acusado, y que luego protestas cuando te lo deniegan...
tengo la semana que viene un juicio penal por un robo con intimidación, mi cliente es un vagabundo y no creo que acuda al juicio, que sucederá? además de que la pena le caiga seguro, que ha de hacer el abogado si su cliente no se presenta? el juicio seguirá adelante aunque no vaya el?