Buenas tardes. Por favor, tengo una duda básica pero ando perdido.
Resulta que en la Audiencia Previa de mi juicio ordinario, ni yo ni el contrario pedimos el interrogatorio de la parte contraria (actor y demandado).
Aún así: ¿mi cliente tiene que acudir a la vista del juicio? Es trabajador asalariado y eso le reporta pérdida del jornal (no es médico es albañil) así que me gustaría por favor me orientéis.
Hace poco tuve un juicio donde mi cliente no asistió a la vista porque la contraria no pidió su interrogatorio y la Jueza no dijo nada, pero no me fio, los jueces son cada uno de una forma y NO TENGO CLARO EL QUE DEBA IR OBLIGATORIAMENTE PESE A NO TENER QUE DECLARAR.