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juicio oral y mi abogado no se ha personado

20 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 20 comentarios
12/12/2010 14:27
Ponga una queja en el colegio de abogados documentandola con la hoja de encargo y demás cuestiones: pagos realizados, recibos, citación a juicio, acta del juicio que me imagino se suspendería por no tener letrado... etc...., de todos modos la informó que el escrito que presentó el compañero en decanato solicitando suspensión es más que probable que aún no hubiese llegado al funcionario de turno para proveerlo y acordar suspensión motivo por el cual probablemente sucedió lo que sucedió, aún así es cierto que debieron haberse puesto en contacto con el juzgado sus abogados o procurador para interesarse por si ya había llegado el escrito solicitando suspensión.... lo que no se puede hacer es decirle a un cliente que un juico esta suspendido cuando no se tiene certeza de que hayan proveído el escrito solicitando suspensión.... en cuanto a la historia del poder general para pleitos no entiendo nada...??? usted acude a un notario otorga poder general para pleito y luego lo anula antes del juicio??? es normal que el compañero en eso se haya enfadado y no entiendo por qué lo hizo, dado que el abogado de oficio puede perfectamente representarle existiendo poderes generales para pleitos que usted haya otorgado... lo que existe es la solicitud de venia que la realiza el nuevo letrado al anterior que esta obligado a aceptarla.... Espero haberla podido ayudar en su consulta...
Rafael Gómez
ICAM
http://www.gomeznix.miweb.pro/
12/12/2010 13:01
Por favor alguin me puede dar informacion acerca de como actuar, un profesional me ha recomendado que ponga una queja formal en el colegio de abogados.Soy una persona de bien y no me gustaria tener que hacerlo pero..........
11/12/2010 22:47
La fecha del juicio me quedo por puntualizar que fue el dia 9 de Diciembre, lunes 6 fiesta , martes 7 puente, miercoles 8 festivo.
Creo que es muy importante aclararlo para saber QUE DEBO HACER, he de decir que a este señor le pague todo lo que me pidio desde hace mas de un año, tengo derecho a que me devuelvan parte del dinero, y los papeles que les haya entragado yo mas todo mi expediente al completo.
11/12/2010 13:27
Muchas gracias Heyneken por aclararme esta parte,lo que yo no veo claro es que a falta de un dia habil para el juicio el abogado no se hubiera puesto en contacto conmigo para nada esto es habitual o normal,yo pienso que no, y me da que pensar ya que tampoco comparecio el abogado de la acusacion particular.
el orden cronologico es este:
1. El dia 24 de Noviembre firmo la citacion .
2. El dia 26 de Noviembre al ver que no recibo llamada de mis abogados me decido a llamarles yo y es entonces cuando me confirma que la fecha del juicio es la que me han comunicado pero que no debo de preocuparme ya que ellos debido a X motivos les es imposible acudir ese dia.Y que me llamaran para confirmarme que esta anulado.
3. El dia 30 voy al notario para anular el poder notarial ya que voy a necesitar un abogado de oficio para un juicio monitorio y ya de paso anularlo ya que este se hizo unicamente segun hable con mis abogados debido a que por motivos de viaje no podia acudir a un juicio en el que yo era el demandante.
4. El dia 30 tambien acudo al juzgado para comprobar que el juicio no se va a celebrar, y es aqui cuando me llevo la sorpresa de que la funcionaria despues de un agradable desayuno de mas de 40 minutos me dice que el juicio si se va a celebrar y comprueba que nadie ha solicitado el hecho que me confirmaban mis abogados.
5.El dia 30 por la tarde acudo a hablar con los abogados y me niegan que esto sea asi y me enseñan un papel sellado en el decanato a fecha 22 de Noviembre solicitando la suspension del juicio, me dice que el mismo acudira al juzgado el dia 1 o el 2 de diciembre para comprobar esto y que me llamaria para confirmarme algo.
6. El dia 3 la notario les comunica la nulidad del poder.
7. Dia del juicio no me ha llamado nadie ni tampoco ha habido forma de contactar con ellos debido al puente. El jucio comienza en una hora y porfin me cogen el telefono , cuando le pregunto que si van a tardar mucho en llegar y que no hemos hablado aun, me dice que ya no hay nada que hablar que si les he tomado el pelo y que que cara tengo de llamarles despues de anular el poder y que ya no me van a defender que no es asunto suyo.Y le pregunto pero no me dijisteis que no hay juicio y me dicen nuevamente que eso ya no es asunto de ellos que me lo hubiera pensado mejor antes de anular el poder.
Efectivamente hay juicio, no comparece mi abogado,tampoco la acusacion particular con su abogado,y yo alli en frente del juez y el fiscal y con unos nervios que apenas sabia que decir o como explicar esto.
Mi pregunta pueden ser tantas como las dudas que tenia en ese momento, el caso es que me siento engañado porque creo que no he recibido un trato profesional adecuado.
Como es posible que llegue el dia del juicio y yo no sepa que es o que pone en mi escrito de defensa ya que apenas he hablado con mi abogada, no se que es lo que quieren declarar contra mi persona los supuestos testigos de la acusacion, mi abogado no me deja claro si hay o no hay juicio.
Entiendo que este abogado no ha cumplido con sus deberes, hay que tener en cuenta que nunca reibi una sola llamada por parte de ellos desde que fui citado hasta el dia de hoy.
QUE DEBO HACER, he de decir que a este señor le pague todo lo que me pidio desde hace mas de un año, tengo derecho a que me devuelvan parte del dinero, y los papeles que les haya entragado yo mas todo mi expediente al completo.
11/12/2010 00:46
porque la lecrim prevé que se notifique personalmente el auto de apertura de juicio oral al imputado (ya acusado) ya que éste podría cambiar de letrado o incluso procurador.... para dar mayor garantía....
"Artículo 652.

Seguidamente el Secretario judicial comunicará la causa a los procesados y a las terceras personas civilmente responsables, para que en igual término y por su orden manifiesten también, por conclusiones numeradas y correlativas a las de la calificación que a ellos se refiera, si están o no conformes con cada una, o en otro caso consignen los puntos de divergencia.

Por el Secretario judicial se interesará la designación al efecto de Abogado y Procurador, si no los tuviesen."

http://www.gomeznix.miweb.pro/
10/12/2010 23:33
Se encarga de representar a su cliente ante el Tribunal o Juzgado, recibiendo en su nombre cuantas notificaciones sean precisas para el desarrollo del proceso. De esta manera se agiliza el desarrollo del proceso judicial, evitando que el justiciable deba presentarse constantemente ante el Juzgado o Tribunal a ser notificado de las diferentes resoluciones que se dicten en el proceso judicial.

Si esto es asi como es posible que las notificaciones me hayan llegado via policia local o via juzgado de paz, o que ni el mismo juez supiera que se habia pedido la suspension del juicio.
10/12/2010 21:35
La mision del procurador es ls de llevar el papeleo del juzgado al abogado y viceversa.
10/12/2010 17:32
Y el procurador tampoco puede llamarme, respuesta no porque que sorpresa tiene su despacho en la misma direccion que el abogado.En todo caso el poder era para un dos abogados, y cual es la mision del procurador aunque no tenga la obligacion de acudir a un proceso penal.
10/12/2010 17:15
Muchas gracias al Sr. Antonio y la Sra. Rivas si no me equivoco.
10/12/2010 17:11
A un dia habil de la celebracion del juicio es cuando se le anula el poder , un poder que se hizo ante la imposibilidad de que yo me personara en otro juicio en el que era la parte demandante, en esa fecha yo aun habia recibido una llamada de mis abogados para tan solo acordar una hora para hablar del juicio o simplemente vernos 15 minutos antes por fuera de la sala donde se celebraria el juicio, asi que lo de "gentuza " sobra y de largo, expliqueme si puede con que garantias se afronta un juicio cuando la persona que te debe de defender actua de una manera evasiva, mire señor no dudo para nada de sus conocimientos en leyes pero si dudo de que pueda conocer a todos sus compañeros y sus motivaciones.
Yo a este juicio me persone y menos mal que no me fie de mi letrado que me confirmaba que no habria juicio ya que habia pedido su suspension por no poder comparecer, yo mas bien diria que era miedo al ridiculo de presentarse sin tener preparado el caso, para mi es bastante fuerte que con mucho esfuerzo abonar hasta el ultimo euro que me pidieron y verme asi . Asi que le repito guardese este apelativo para quien corresponda .
Es mas la intencion de no acudir que era la primaria y la que se cumplio ahora esta totalmente justificada, si señor tremenda gentuza y de las grandes pero con un toque de elegancia.
10/12/2010 16:19
Joe, tan poco claro soy que tengo que ir subtitulado ;)
Era por cubrir las obligaciones morales que seguro que alguno quería manifestar!!!
10/12/2010 15:31
Que cruz con esta gentuza:
"no se ha personado segun me comunica 20 minutos antes del juicio debido a que he anulado un poder general para pleitos"

Renuncia a su abogado, y este no va y se queja.
10/12/2010 13:26
A los juicios penales no va el procurador.
10/12/2010 09:02
El procurador no tiene porqué asistir al juicio oral...y en los casos que yo he llevado nunca lo ha hecho.
09/12/2010 23:46
Va a ser que no, creo que no has leido bien , de todas maneras puede ser que no haya detallado la situacion global y cronologicamente de la forma correcta, de todas maneras te confirmo que los procederes de lo que tu llamas "asumir representacion" no han sido correctos, y te repito el procurador tampoco se presento, por este tipo de actuaciones en donde lo unico que se pretende es cobrar y rapido a cambio de no hacer bien el trabajo es muy malo para la reputacion de esta persona y otras como el.
De todas maneras agradezco que hayas dedicado tiempo a representar a tu compañero , claro esta que no te he pagado para que leas,cierto es.
09/12/2010 23:36
Es una situación que TU mismo has provocado.
Si le revocas el poder, ¿Cómo pretendes que siga asumiendo tu representación?

El compañero ha actuado CORRECTAMENTE.
09/12/2010 22:22
Confirmado en el poder que se anulo no se nombraba para nada al señor procurador que misteriosamente no acudio tampoco, pregunto no sera que ya tenian claro que no habia que acudir??????o o o o , no lo se, hay derecho a que actuen con total impunidad de esta manera.
09/12/2010 21:05
y que hay del procurador , tampoco se persono. Pregunto tampoco esta obligado a acudir, esto si me parece raro.
Y aun mas, el abogado y la acusacion particular tampoco han ido, creo que con toda razon aumentan las dudas.
09/12/2010 20:59
Si cierto en parte, creo que no se trata de que yo quisiera dictar lo que ha de poner, pero si creo que es de cierta logica que el abogado dialogue con su defendido para redactar aun mejor el escrito de defensa , tambien como no para saber si es o no conveniente citar algun testigo,ya que no se cito a ninguno,cosa que hubiera sido de logica si previamente hubiera un dialogo.
El poder este aunque es un poder general para pleitos se hizo para otro proceso y en ningun momento me comento que lo utilizaria para cualquier otro proceso .Y entiendo que cuando se le comunica la nulidad del poder lo mas logico es llamar a su cliente para preguntarle el porque o entregarle la documentacion pertinente.
Y todo esto y mas cuando a falta de 2 dias habiles para el juicio todavia me continuaba diciendo que habia solcitado que el juicio quedara suspendido ya que no podia asistir a defenderme, por lo tanto es mas que claro y evidente que a priori y a posteriori no tenia la mas minima intencion de defenderme o de asistirme en condiciones minimas previo pago total de toda la minuta.
09/12/2010 17:44
En cuanto al escrito de defensa es lo habitual. Es el abogado el experto legal que debe redactar los documentos, sin necesitar tu aprobación o intervención, ¿o acaso ayudas a redactar las recetas al médico, o a interpretar los resultados de una radiografía?

En cuanto al resto, no me queda muy claro lo que dices. Es obvio que si has revocado sus poderes no debía presentarse al juicio, aunque debería haberlo puesto en conocimiento del juzgado y solicitar la suspensión (como te dijo que haría).

Supongo que se habrá suspendido y te habrán requerido para nombrar nuevo abogado (que es lo que deberías hacer).

Si es así, no hay indefensión por ninguna parte, sin perjuicio de que supone una falta de responsabilidad por parte del letrado no comunicar su renuncia para evitar un señalamiento condenado a la suspensión.