Para el monitorio no se necesitan abogado ni procurador, pero el monitorio acabará, a no ser que los morosos paguen en el acto, con una resolución que habrá que ejecutar con abogado y procurador.
Siempre se pueden añadir a la certificación las cantidades vencidas y no abonadas en la demanda del monitorio.
Tenemos 2 vecinos con deudas a la comunidad, ya convocamos una reunion en la cual se aprobo la liquidacion de las deudas. Apartir de hay les enviamos un borofax notificandole el acuerdo y la liquidacion y dado que a trascurrido 10 dias no han abonado las deudas vamos a proceder acudir al juicio monitorio. Tenemos varias dudas , desde que se aprobo la liquidacion hasta que se envia los documentos al juzgado han aumentado las deudas en 2 mensualidades estas se pueden aumentar a la cantidad de la liquidacion que se aprobo. y otra cosa en que consiste un juicio monitorio. Y caso de no pagar tras el juicio monitorio que mas se puede hacer y si para esto se necesitaria abogado y procurador.