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juicio monitorio por impago factura

10 Comentarios
 
Juicio monitorio por impago factura
09/03/2010 19:43
Tengo una factura de casi 10.000 euros impagada desde Junio del pasado año. Me aconsejan plantear un juicio monitorio personalmente para ahorrarme gastos de inicio. Pero la empresa se encuentra en otra comunidad.
Quisiera saber si es factible, qué formulario debo rellenar y cómo debo proceder, y qué posibilidades de éxito tengo sin la figura de un abogado.
perfil ABQ
09/03/2010 19:59
hay formularios en los propios juzgados y puede que en la web del ministerio de justicia. Si no se oponen el éxito está asegurado, si se oponen nesitarás abogado y procurador para interponer la demanda en el plazo de un mes.
09/03/2010 20:06
Gracias, me puedes decir a qué juzgado me tengo que dirigir para recoger el formulario y realizar el juicio monitorio?
09/03/2010 23:03
yo no sé si puedes ir a un juzgado a sacar el modelo, ya que puedes descargarte uno d internet siempre q cumpla con los requisitos minimos: antecedentes, fundamentos y suplico. en todo caso si te dan ese formulario en un juzgado deberás acudir al Juzgado de Primera Instancia más proximo y preguntar, ya que luego, deberás remitirla al Juzgado que por turno corresponda del partido judicial correspondiente al domicilio del deudor (aunque sea de otra comunidad). Yo te aconsejo ir con procurador, es un gasto, pero te recogerá todas las notificaciones y te mantendrá totalmente informado.
12/03/2010 08:18
Gracias por vuestras respuestas.
Estoy preparando el formulario y en el apartado de los intereses y costas, qué debo poner?
También quisiera saber si una persona que no sea yo mismo o un abogado, puede entregar la denuncia en el juzgado.
13/03/2010 21:56
Yo creo que puedes interponer un fax, enviando el escrito del proceso monitorio, no es necesario, que apoderes a ningun abogado ni procurador.
28/04/2010 17:57
Hace algún tiempo interpuse un monitorio por impago de una factura. Hoy me ha llegado un fax del juzgado de 1ª instancia que dice: la diligencia de notificacion y requerimiento de pago se ha practicado en forma con resultado POSITIVO, pongase en conocimiento de la parte actora, a los efectos legales oportunos. Quiere esto decir que el deudor ha pagado al juzgado?
28/04/2010 22:54
no, eso es que al demandado le ha llegado la comunicación del juzgado de q le has demandado en reclamación del dinero. ahora el demandado, tiene 20 dias para pagar u oponerse (contados desde q se efectuó el requerimiento positivo). si no se opone, el juzgado dictará auto finalizando el proceso monitorio y despachando ejecución, entonces, podrás presentar demanda ejecutiva (transcurridos 20 dias desde el auto de finalizacion del monitorio).
28/04/2010 22:55
por cierto, la ejecución deben ir con abogado y procurador, por si la presentas, tenlo en cuenta
29/04/2010 09:47
Muchas gracias, lo tendré en cuenta.
Es decir, si no se oponen debo presentar demanda ejecutiva?. No se entiende que al no oponerse, el demandado paga y finaliza el proceso?
30/04/2010 15:17
claro, cuenta 20 dias desde q ese requerimiento, y si la demandada/o no presenta un escrito de oposición a esa demanda, entonces puedes pedir q se dicte auto despachando ejecucion.