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juicio laboral

4 Comentarios
 
20/02/2007 04:35
Madre mia, el administrador ha cambiado el post de sitio y salgo yo diciendo insensateces.

Solo queria decirle a quien lea este post, que inicialmente estaba colgado en el foro de penal, por eso le digo a Abogado 21 que lo cuelgue en el de laboral.

Un abrazo enorme a todos los de este foro de laboral. :-)))

Abogado 21, suerte con tu demanda y ya nos contaras.
19/02/2007 17:37
Gracias Maicavasco! menos mal que sabes lo básico de laboral!
19/02/2007 10:03
puedo saber que motivo hay para solicitar que el despido se declare improcedente?? con más datos podría ayudarle mucho mejor...
18/02/2007 13:51
En principio, al ser este un foro de derecho penal, pues te aconsejo que cuelgues tu pregunta en el de laboral, porque seguro que allí te orientan mil veces mejor.

En definitiva, y espero no equivocarme, porque, la verdad, sobre esta materia sé sólo lo básico (sota, caballo y rey), en la ley de procedimiento laboral no existe ningún artículo que obligue a aportar con la demanda de despido tal o cual documento (y espero no equivocarme).

Hay un artículo que se refiere a la demanda en general, que dispone que hay que hacer constar en esta demanda lo siguiente:

- La designación del órgano ante quien se presente.

- La designación del demandante, con expresión del número del documento nacional de identidad, y de aquellos otros interesados que deban ser llamados al proceso y sus domicilios, indicando el nombre y apellidos de las personas físicas y la denominación social de las personas jurídicas. Si la demanda se dirigiese contra un grupo carente de personalidad, habrá de hacerse constar el nombre y apellidos de quienes aparezcan como organizadores, directores o gestores de aquél, y sus domicilios.

- La enumeración clara y concreta de los hechos sobre los que verse la pretensión y de todos aquellos que, según la legislación sustantiva, resulten imprescindibles para resolver las cuestiones planteadas. En ningún caso podrán alegarse hechos distintos de los aducidos en conciliación o en la reclamación administrativa previa, salvo que se hubieran producido con posterioridad a la sustanciación de aquéllas.

- La súplica correspondiente, en los términos adecuados al contenido de la pretensión ejercitada.

- Si el demandante litigase por sí mismo designará un domicilio en la localidad donde resida el Juzgado o Tribunal, en el que se practicarán todas las diligencias que hayan de entenderse con él.

- Fecha y firma.

Además, concretamente, para demandas por despido, establece la misma ley de procedimiento laboral, que se tendra que hacer contar esto otro:

- Lugar de trabajo; categoría profesional; características particulares, si las hubiera, del trabajo que se realizaba antes de producirse el despido; salario, tiempo y forma de pago y antigüedad del despedido.

- Fecha de efectividad del despido y forma en que se produjo y hechos alegados por el empresario.

- Si el trabajador ostenta, o ha ostentado en el año anterior al despido, la cualidad de representante legal o sindical de los trabajadores.

- Si el trabajador se encuentra afiliado a algún sindicato, en el supuesto de que alegue la improcedencia del despido por haberse realizado éste sin la previa audiencia de los delegados sindicales si los hubiera.

CONCLUSION: Por tanto, como para cualquier otra demanda en cualquier otro procedimiento entiendo yo que tendras que aportar cualquier documento que sirva de apoyo a tus pretensiones: aparte del acta de conciliacion, contrato de trabajo, nomina (creo que este es necesario para calcular la indemnizacion), y cualquier otro documento en el que bases la pretensiones de que ese despido es en definitiva improcedente.

Finalmente, y en cualquier caso, le aconsejo que cuelgue esta misma pregunta en el foro de derecho laboral que seguro le orientaran mil veces mejor.

Gracias por su consulta y espero haberle podido orientar un poco.



Juicio laboral
18/02/2007 12:18
Què documentos son necesarios presentar en el juzgado de lo social con la demanda por despido improcedente ademàs del acta de conciliaciòn
? es necesario aportar el contrato etc....