Lo normal es comparecer en juicio, renunciar a la accion penal y reservarse la civil. Pero yo creo que dada la residencia en lugar distinto valdria el escrito por correo urgente y con acuse de recibo enviado en los mismos términos que se indica en la consulta. El Juzgado, previa ratificación mediante auxilio judicial, lo tendria que unir al proceso.Ha de tenerse en cuenta lo dispuesto en el art.967 de la L.E.Cr. en cuanto a culpables o testigos residentes fuera del territorio municipal donde ha de celebrarse el juicio.
hola! tengo dentro de 2 semanas un juicio de faltas en otra provincia, bastante lejos. Vamos sin procurador. Si llego a un acuerdo con la aseguradora del contrario, cómo hago para presetar la renuncia de accion penal y reserva de accion civil? envio por correo urgente al juzgado de instruccion un escrito de renuncia con mi firma y la del cliente-perjudicado?.....